Es insuficiente la crítica de la actora en el sentido de que el asentamiento del edificio, de propiedad del consorcio demandado, acentuó los problemas de humedad, cuando éstos se deben a la ausencia de la capa aisladora horizontal que actúa como barrera de contención para el ascenso natural de la humedad, y a la mala resolución de la unión de las ch...
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Por ser el muro medianero de propiedad común, el buen estado de conservación corresponde a ambos condóminos por partes iguales. Por ello, la improcedencia de la acción de daños y perjuicios de modo alguno excluye la procedencia del reclamo de reparación del muro medianero....
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La determinación de la procedencia y alcance de los intereses en el juicio ejecutivo, implica valorar la legitimidad de la deuda reclamada para su efectivización. Esta legitimidad no se define sólo por la congruencia entre lo que se demandó y el título base de acción, sino también por la adecuación que se efectúe entre los rubros recla...
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Los resúmenes de cuenta remitidos al demandado de conformidad con lo dispuesto por art. 22 ley 25.065, no fueron impugnados por el deudor en el término de treinta días, lo que genera una presunción iuris tantum en favor de la entidad emisora, no obstante la cual resulta de aplicación el art. 622 C.C. que establece que el deudor moroso debe los intereses que estuv...
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Si resulta manifiesto el exceso en la tasa de interés convenida, se impone su corrección y morigeración por parte del órgano jurisdiccional, aunque no se haya defendido el demandado.\nLas facultades de morigeración de la tasa de interés del juez pueden ser utilizadas en cualquier etapa del juicio, toda vez que las cláusulas contractuales como las no...
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La determinación de la procedencia y alcance de los intereses en el juicio ejecutivo, implica valorar la legitimidad de la deuda reclamada para su efectivización. Esta legitimidad no se define sólo por la congruencia entre lo que se demandó y el título base de acción, sino también por la adecuación que se efectúe entre los rubros recla...
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No se persigue el cobro de mensualida-des adeudadas con posterioridad al vencimiento del término contractual, sino únicamente el desalojo por abandono, por lo que el caso encuadra en la excepción prevista en el art. 1582 bis C.C., cuando establece que la obligación del fiador cesa automáticamente por el vencimiento del término de la locación, salvo ...
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Los fiadores por su calidad de ?garantes? son responsables del pago de las costas que genere la restitución del inmueble, no solamente por la normativa de fondo sino también por lo dispuesto en el art. 14 C.A., que establece que el pago de los honorarios podrá perseguirse en contra de los condenados en costas o sus garantes....
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No se persigue el cobro de mensualida-des adeudadas con posterioridad al vencimiento del término contractual, sino únicamente el desalojo por abandono, por lo que el caso encuadra en la excepción prevista en el art. 1582 bis C.C., cuando establece que la obligación del fiador cesa automáticamente por el vencimiento del término de la locación, salvo ...
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Los fiadores por su calidad de ?garantes? son responsables del pago de las costas que genere la restitución del inmueble, no solamente por la normativa de fondo sino también por lo dispuesto en el art. 14 C.A., que establece que el pago de los honorarios podrá perseguirse en contra de los condenados en costas o sus garantes....
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