\r\nEl daño generado contempla no sólo una convalecencia de cuarenta y cinco días, sino sucesivas intervenciones quirúrgicas, secuela incapacitante de carácter definitivo, ya que se trata de una lesión con entidad para modificar los hábitos de vida de la víctima, por lo cual la suma fijada como resarcimiento no resulta exagerada para compensar tantas incomodidades, para aliviar la contrariedad esp...
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\r\nLa manifestación de la conductora del vehículo realizada ante autoridad pública es oponible a su autora. Y no puede restarle eficacia el que haya sido hecha sin asistencia letrada o sin intervención de la justicia, pues en el orden civil patrimonial la validez de los actos extrajudiciales otorgados por personas capaces, no depende de ese requisito. Por vía de consecuencia, esa declaración es t...
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Si los alquileres nunca fueron abonados en el tiempo estipulado en el contrato, pese a lo cual fueron recibidos por el locador sin reserva alguna, los intereses moratorios quedaron extinguidos por el pago del principal (arts. 525 y 624 C.C.)....
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La permanencia del locatario posterior al vencimiento del término del contrato no constituye incumplimiento de la obligación de restituir, si la subsiguiente ocupación del inmueble por la locataria fue consen-tida por el locador y realizada en el marco del contrato prolongado en su vigencia.\nPara que surja la obligación de restituir es menester, como expresa el art. 16...
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El cobro de los alquileres por los cuales el locador otorgó recibos, es demostrativo de la continuación de la locación, de modo que está en contradicción con la pretensión de reclamar una multa por la falta de restitución del inmueble posterior al vencimiento del contrato. No medió prórroga porque el contrato no fue expresamente renova...
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Si los alquileres nunca fueron abonados en el tiempo estipulado en el contrato, pese a lo cual fueron recibidos por el locador sin reserva alguna, los intereses moratorios quedaron extinguidos por el pago del principal (arts. 525 y 624 C.C.)....
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La notificación de la demanda, en cuanto constituye una reclamación formal y fehaciente de restitución de la cosa alquilada, suple a la intimación extrajudicial. En tal situación, las costas podrían ser impuestas al locador si el locatario, intimado por este único medio, se allana a la demanda y no cuestiona su obligación de restituir. En el ...
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La fianza dada en la locación sólo garantiza las obligaciones generadas durante la vigencia del contrato más el tiempo prudencial que pueda necesitar el locador para reclamar la restitución al vencimiento de aquél, criterio que ha venido a plasmarse en el actual art. 1582 bis C.C.. Esto significa que la prolongación de esas obligaciones merced a la continu...
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Si la locataria y los propios fiadores llegaron al extremo de desconocer el contrato, de negar que lo hubiesen firmado, no se advierte cuál es la conexión causal que existe entre la demora del locador y las costas del juicio, ya que éstas se hubiesen generado igualmente aunque la demanda se hubiese interpuesto en un tiempo más próximo al vencimiento del contrato....
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\r\nLas exposiciones o declaraciones formuladas por las partes ante la policía con motivo de un accidente, no constituyen un medio probatorio en favor de quien las formula. La manifestación de uno de los interesados no configura prueba en su propio beneficio, ya que a pesar del carácter de instrumento público (autenticidad extrínseca) del acta labrada en sede policial, no hace fe sobre la verdad d...
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