El control de la compatibilidad con la Constitución de la Nación y con la Constitución de la Provincia, de las normas a aplicar en las causas sometidas al conocimiento y decisión de los jueces, constituye por parte de éstos, el ejercicio de la atribución de máxima trascendencia institucional que les asigna nuestro ordenamiento jurídico; m&aac...
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No puede ponerse en tela de juicio que la ordenanza 10.585 y la ley 9078 afectan derechos y garantías de rango constitucional en un grado que excede lo tolerable en tiempos normales y que sólo podría encontrar sustento jurídico en la doctrina de la emergencia. La postergación en el tiempo del lapso previsto en las normas impugnadas, dispuesta por una norma poster...
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Con base en la doctrina jurídica del estado de necesidad, se admite que determinadas situaciones de emergencia, cuando reúnen los requisitos de ser imprevistas y transitorias, producen un desplazamiento o acrecentamiento de las competencias constitucionales de un órgano. En el caso de la única emergencia regulada expresamente por la Constitución Nacional con efec...
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La ley 9078, a la cual adhiere la ordenanza 10.575, se limitó a ratificar el decr. 2656/01 del Poder Ejecutivo Provincial, que a su vez había declarado la emergencia económica financiera y administrativa del sector público de la provincia de Córdoba en los términos de la ley 25.344. Mientras la ley nacional prevé en su art. 13 la consolidació...
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El control de la compatibilidad con la Constitución de la Nación y con la Constitución de la Provincia, de las normas a aplicar en las causas sometidas al conocimiento y decisión de los jueces, constituye por parte de éstos, el ejercicio de la atribución de máxima trascendencia institucional que les asigna nuestro ordenamiento jurídico; m&aac...
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La ley y la ordenanza cuestionadas, pretenden modificar el derecho a percibir los intereses pertinentes conforme la tasa establecida en el pronunciamiento jurisdiccional, que los apelados habían adquirido e incorporado a su patrimonio en virtud de sentencia firme. La restricción que se pretende imponer, ya no es ni siquiera una postergación excesivamente prolongada en el tiemp...
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Bajo el imperio de la Constitución reformada en 1994, no tiene caso interponer una acción de amparo, si existen otros remedios administrativos o judiciales idóneos a los cuales acudir para la defensa de los derechos constitucionalmente reconocidos. Sostener la inteligencia de que el amparo es una acción directamente operativa en todos los casos, llevaría al absur...
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La naturaleza misma de la acción de amparo requiere como presupuesto ineludible la preexistencia de un derecho subjetivo para cuya protección se pide el amparo judicial. Debe existir un derecho cierto e incontestable para que haya agravio susceptible de fundar la demanda de amparo, ya que es precisamente para proteger ese derecho contra actos lesivos manifiestamente arbitrarios o ile...
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El abogado carece de legitimación activa para intervenir en la controversia sobre las costas, que pertenece privativamente a las partes principales, a quienes pertenecen los derechos que son objeto del juicio.\nLa ley le reconoce al abogado una acción directa para reclamar los honorarios al condenado en costas, pero esta acción presupone que exista tal condenación.\n...
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El letrado patrocinante de la sindicatura carece per se de legitimación activa para apelar respecto de la imposición de costas, toda vez que no cuenta con ningón interés legítimo para hacerlo....
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