Para tener por acreditado el daño moral no es menester que se produzca una prueba directa sobre el estado de ánimo o síquico de la persona. Este se induce de las características de cada caso particular. Y así, aunque en el caso la vivienda sea habitable, debe admitirse que dicha habitabilidad estaba afectada por la naturaleza de los daños que influían directamente en el bienestar y tranquilidad de...
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En la responsabilidad extracontractual la mora se produce ex re, es decir, de pleno derecho, y los intereses se deben no como consecuencia del hecho ilícito productor del perjuicio, sino que constituyen la indemnización del daño causado al acreedor por el cumplimiento tardío de la obligación resarcitoria, exigible a partir del mismo momento de su acaecimiento.
En la responsabilidad extracontractu...
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La circunstancia de que el quantum indemnizatorio se haya determinado en la pericia, no implica que las rentas se deban a partir de ese momento, pues los perjuicios ya se habían producido y la liquidez de la deuda no es requisito de la mora, la que se produce ex re, de pleno derecho desde el día de la producción del hecho dañoso. Por lo menos, el deudor pudo pagar el importe que a su juicio corres...
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Acreditados los presupuestos de la responsabilidad civil, corresponde al autor del daño la prueba de la rotura del nexo de causalidad adecuada existente entre los daños y el hecho dañoso. Siendo el caso del segundo apartado, segundo supuesto, del art. 1113 C.C., sólo se exime de responsabilidad si acredita la culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder....
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La actora ha indicado que la mala praxis se basa en diagnóstico equivocado. Esa sola circunstancia no puede ser el soporte de una declaración de responsabilidad médica.
No se ha demostrado que el médico no estuviera actualizado, que no hizo un estudio suficiente de la paciente, o que no siguió el proceso. Al contrario, quedó demostrado que cuando se encontró con síntomas correspondientes a una ...
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El art. 1117 C.C. sólo menciona el caso fortuito como eximente. No cabe al órgano jurisdiccional ingresar en el debate sobre la bondad de un sistema de eximentes excesivamente hermético, donde el establecimiento educativo parece responder por todo, aun por aquellos acontecimientos que entran en el regular desarrollo de la vida escolar. Sólo queda determinar si en la configuración del hecho lesivo ...
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El art. 1117 C.C. sólo menciona el caso fortuito como eximente. No cabe al órgano jurisdiccional ingresar en el debate sobre la bondad de un sistema de eximentes excesivamente hermético, donde el establecimiento educativo parece responder por todo, aun por aquellos acontecimientos que entran en el regular desarrollo de la vida escolar. Sólo queda determinar si en la configuración del hecho lesivo ...
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Por la envergadura de sus consecuencias, la mala praxis marcó «un antes y un después» en la vida de la víctima a partir del hecho lesivo, no sólo en el orden físico sino también en el psíquico, que repercutió en su personalidad, circunstancia que exigía un tratamiento terapéutico inmediato, aun cuando la pericia se refiera a pagos por tratamientos a realizar. El hecho de que no se haya realizado a...
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Con relación al cómputo de los intereses por el daño emergente, es un error establecer el cálculo a partir de la fecha de la pericia, pues si bien es cierto que se alude a gastos patrimoniales indirectos futuros, no es menos cierto que la pericia vino a determinar el costo de un tratamiento terapéutico que debió comenzar a partir del momento del hecho lesivo.
. El interés que contiene la fórmul...
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Por la envergadura de sus consecuencias, la mala praxis marcó «un antes y un después» en la vida de la víctima a partir del hecho lesivo, no sólo en el orden físico sino también en el psíquico, que repercutió en su personalidad, circunstancia que exigía un tratamiento terapéutico inmediato, aun cuando la pericia se refiera a pagos por tratamientos a realizar. El hecho de que no se haya realizado a...
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