Los intereses devengados son de naturaleza moratoria cuando lo que se pretende reparar es el retardo o demora injustificados en el pago de una indemnización a la que tenía derecho el damnificado y que no le fue entregada en tiempo propio. Así, esta Sala tiene dicho que los intereses que nacen de una obligación ex delito, son siempre moratorios. Este principio sufre exce...
Ver más
Si más allá del acierto o error en la procedencia del rubro lucro cesante por incapacidad, el fallo condenó a la demandada a abonar este rubro aplicando la fórmula Marshall, que contiene el interés del 6% anual y que resulta necesario para el cálculo de la indemnización a modo de renta capitalizada (que permite obtener el resultado cuya finalidad pe...
Ver más
Existe anatocismo cuando se produce la capitalización de intereses de modo tal que los ya devengados se suman al capital generando nuevos intereses. Nuestra ley civil prohibe dicha capitalización, pues resulta una forma encubierta de usura obligándose al deudor a abonar una suma excesiva que provoca un enriquecimiento sin causa del acreedor. En consecuencia, al agregar el juzg...
Ver más
Según la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la cosa juzgada preserva la solución real del pronunciamiento, por lo que procede modificar la tasa de interés fijada en la sentencia, incrementándola o morigerándola, según el caso, cuando con ello se mantiene la significación patrimonial de la condena....
Ver más
Por aplicación de lo dispuesto por art. 37 ley 24.240, de defensa del consumidor, la reducción de intereses abusivos es una facultad jurídica que podría ser ejercida para evitar los abusos que se hubieren cometido, más aún en casos en que la relación se ha materializado en un contrato por adhesión.\nLa reducción de intereses abusivos n...
Ver más
La función que confiere la última parte del art. 656 C.C. se encuentra restringida a los casos de relaciones contractuales en que mediare solicitud expresa del presunto perjudicado o condiciones de afectación de la validez del acto jurídico.\nLa facultad jurisdiccional de reducir el monto de la pena contractual abarca, no sólo a la fijada expresamente en el propi...
Ver más
Los intereses corren a partir de la mora en el cumplimiento de cada obligación, por ser una consecuencia del incumplimiento....
Ver más
Si el juez, al estimar el daño moral lo hace a la fecha de la sentencia, como sucedió en el caso, deben devengarse a partir de allí los intereses, pues la indemnización por daño moral está cuantificada a valores de esa fecha (del voto en mayoría, Dr. Díaz Reyna, Dra. Junyent Bas)....
Ver más
La indemnización por lucro cesante que se cuantifica en la sentencia en estudio, se refiere al lucro cesante futuro, no al lucro pasado; retrotraer los intereses del lucro futuro a la fecha del evento dañoso, equivaldría a hacer correr intereses por un capital que repara un daño aún no producido, tan absurdo como pensar que el accesorio se devenga antes que el pr...
Ver más
Siendo una consecuencia de la mora, los intereses por daño moral corren desde el momento de la mora, lo que en materia de responsabilidad por hechos ilícitos ocurre en el mismo instante en que se produce el daño, vale decir, en el momento en que la víctima adquiere el derecho al resarcimiento. Si la indemnización no es satisfecha en esa oportunidad, la demora gen...
Ver más