Atendiendo a la finalidad propia del amparo, que cobija una situación extrema de desamparo y violación de derechos, con recepción legislativa ampliada a través de la reforma constitucional operada en 1994, la interpretación literal del texto del art. 15 ley 4915 frustra su propia finalidad....
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Atendiendo a la finalidad propia del amparo, que cobija una situación extrema de desamparo y violación de derechos, con recepción legislativa ampliada a través de la reforma constitucional operada en 1994, la interpretación literal del texto del art. 15 ley 4915 frustra su propia finalidad....
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La tacha de inconstitucionalidad debe considerarse oportuna cuando se plantea antes del cierre de discusión en primera instancia. La tacha de inconstitucionalidad, por ser cuestión de derecho no debe incluirse necesariamente en la litis contestatio, pero sí antes del cierre o discusión de la primera instancia.\nEl embargante tiene su primera oportunidad procesal para ma...
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No caben dudas de que la norma atacada (art. 14 ley 24.241) al disponer que las prestaciones jubilatorias son inembargables, transgrede principios constitucionales, máxime cuando ha sido redactada sin mérito alguno al monto del haber jubilatorio o a la posibilidad de embargarlo en una proporción razonable....
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El art. 14 ley 24.241 lesiona el derecho de propiedad del acreedor, ya que el patrimonio del deudor garantiza la realización de su crédito. Se trata de un principio emanado del derecho de las obligaciones, en virtud del cual el acreedor tiene derecho a emplear los medios legales a fin de que el deudor le provea aquello a que se ha obligado (art. 505 C.C.). Quien suscribe un pagar&eac...
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La tacha de inconstitucionalidad debe considerarse oportuna cuando se plantea antes del cierre de discusión en primera instancia. La tacha de inconstitucionalidad, por ser cuestión de derecho no debe incluirse necesariamente en la litis contestatio, pero sí antes del cierre o discusión de la primera instancia.\nEl embargante tiene su primera oportunidad procesal para ma...
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No caben dudas de que la norma atacada (art. 14 ley 24.241) al disponer que las prestaciones jubilatorias son inembargables, transgrede principios constitucionales, máxime cuando ha sido redactada sin mérito alguno al monto del haber jubilatorio o a la posibilidad de embargarlo en una proporción razonable....
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El art. 14 ley 24.241 lesiona el derecho de propiedad del acreedor, ya que el patrimonio del deudor garantiza la realización de su crédito. Se trata de un principio emanado del derecho de las obligaciones, en virtud del cual el acreedor tiene derecho a emplear los medios legales a fin de que el deudor le provea aquello a que se ha obligado (art. 505 C.C.). Quien suscribe un pagar&eac...
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Los incidentes son cuestiones que se suscitan durante la tramitación de un pleito y tienen alguna conexión con él, por lo que el escrito que contiene la petición de caducidad de la instancia inicia un incidente y no tiene por qué expresar los requisitos del art. 175 C.P.C.C....
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No existe duda de que el impulso procesal corre a cargo de quien lo ha puesto en movimiento y de quien está interesado en que no perima la instancia por falta de actividad impulsoria. La ley es clara cuando determina que caduca la instancia cuando en los incidentes no se produce actividad impulsoria durante el término de seis meses (art. 339 inc. 2 C.P.C.C.) y si el interesado no imp...
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