El art. 430 C.P.C.C. faculta expresamente a los jueces a declarar inadmisibles los incidentes que sean manifiestamente improcedentes. Es decir, cuando surja ab initio en forma palmaria la falta de legitimación sustancial de cualquiera de las partes, o que la pretensión incidental carezca de tutela jurídica, sea porque tiene un objeto o causa inmoral o prohibido por la ley, o por no revestir idonei...
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Una de las causales de interrupción de la prescripción previstas por el ordenamiento de fondo es la promoción de una demanda judicial. Así, el art. 3986 C.C. establece que la prescripción se interrumpe por demanda contra el deudor, aunque sea interpuesta ante juez incompetente o fuere defectuosa y aunque el demandante no haya tenido capacidad para presentarse en juicio. Idéntica solución prevé el ...
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Cuando se trata de la colisión de dos vehículos, en virtud de la responsabilidad objetiva derivada del art. 1113 C.C., los riesgos o presunciones no se neutralizan. La idea de una neutralización o compensación de presunciones carece de sustento normativo en nuestro sistema. Constituye un argumento endeble que pretende limitar injustificadamente los alcances de la doctrina del riesgo creado, a la q...
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En materia de internación involuntaria de la persona, el art. 103 C.C. y C., determina que el ámbito de actuación del Ministerio Pupilar es mayor que en el Código de Vélez, hoy derogado. La norma no dice que el Ministerio Público debe intervenir recién cuando resulta internada la persona, sino que indica que en todos los procesos en que se encuentren en juego los intereses de una persona con capac...
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El operador turístico mayorista es el empresario que se encarga de organizar paquetes turísticos, combinando servicios de hoteles, aerolíneas y otros transportes y servicios, para realizar un paquete turístico determinado. Trata directamente con los servicios de hotelería y aerolíneas, obteniendo descuentos por la compra o la reserva para grandes volúmenes de pasajeros, que luego vende a las agenc...
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Las costas deben distribuirse en proporción al éxito obtenido en el pleito, debiendo tenerse en cuenta la postura asumida por las partes en relación a la mayor o menor medida en que prosperan las aspiraciones controvertidas, tomándolas en conjunto y no aisladamente. La distribución proporcional del costo del proceso se fundamenta principalmente en la equidad, lo que puede colegirse fácilmente al o...
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La responsabilidad de los administradores de sociedades, a tenor de los arts. 59 y 274 ley 19.550, surge del mal desempeño de su cargo por violación a la ley, al estatuto o reglamento y por cualquier otro daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave. Para que se imponga tal responsabilidad es necesario que los hechos y las omisiones que hayan ocasionado perjuicios concretos sean acre...
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La falta de intervención del Ministerio Público en asuntos donde se encuentre involucrado el plexo consumeril no necesariamente provoca su nulidad, sino que, deben además configurarse los principios de las nulidades procesales. “La legitimación para hacer valer dicho déficit y reclamar su subsanación recae, con exclusividad, sobre el propio Ministerio Público Fiscal quien (…) resulta ser el único ...
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Preparada la vía ejecutiva, el procedimiento debe ceñirse a los principios de abstracción, literalidad y autonomía que caracterizan todo título ejecutivo.
Preparada la vía ejecutiva quedó declarada judicialmente la autenticidad del documento privado base de la ejecución, que habilita la promoción del juicio ejecutivo. Con dicho procedimiento se satisfacen las condiciones de la ejecutividad dete...
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La fuerza ejecutiva del título debe nacer directamente del instrumento base de la acción, pues el título en que se funda debe ser suficiente y bastarse a sí mismo. En el proceso ejecutivo se encuentra vedado a las partes todo cuestionamiento sobre la causa de la obligación, siendo la vía idónea para ello el juicio ordinario posterior.
Con la excepción de inhabilidad de título se cuestiona la id...
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