1. No corresponde al juez de Primera Instancia decidir sobre la procedencia del beneficio de litigar sin gastos con relación a toda persona que carezca de recursos económicos suficientes para la asistencia letrada privada, concediendo la exención del pago de la tasa de justicia, o rechazándola.
2. La ley 7982 (t.o. ley 8107) ha establecido un sistema de asistencia letrada gratuita introduciendo ...
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1. La acción del actor nace de un contrato; por lo tanto la excepción de falta de acción sólo puede estar fundada en un hecho impeditivo o extintivo de la acción ejercida. El hecho que funda la excepción debe poder destruir la eficacia de la acción.
2. El no ser titular de los inmuebles en cuestión en todo caso demuestra que el obligado tendrá dificultad en cumplir con lo pactado, o no podrá cump...
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1. Es formalmente procedente la acción de desalojo en contra de la ocupación de un inmueble nacida de un contrato de comodato (arts. 748 del C. de P.C. y 2462 inc. 1° última parte del Código Civil).
2. La gratuidad del contrato de comodato no implica que el comodante deba necesariamente carecer de todo interés en él. La cláusula del comodato que pone a cargo del comodatario el pago de tasas, serv...
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1. El Tribunal no puede tomar como fundamento de la acción solamente el nomen jurídico utilizado por el actor desentendiéndose de los simples hechos descriptos en la demanda, porque es su deber proveer a la hipótesis fáctica y no a la definición técnica empleada por el demandante (Conf. Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, Sent. Nº 56, 10/10/86).
2. En nuestro derecho positivo el daño es pat...
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1. Para obligar cambiariamente al representado -asociaciones o sociedades- es necesario contar con facultades especiales para suscribir documentos cambiarios deducidos del Estatuto Social, más aún cuando el contrato social se ha inscripto en el Registro Público de Comercio.
2. Es insuficiente la suscripción de un pagaré por parte del presidente de un directorio cuando el Estatuto requiere la firm...
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1. La actio quanti minoris del art. 2174 del Código Civil se refiere a vicios o defectos ocultos, y no a un error accidental que el actor no puede alegar cuando proviene de su negligencia culpable.
2. Es necesario el dolo para hacer nacer la acción, es decir “toda aserción de lo que es falso o disimulación de lo verdadero, cualquier artificio, astucia o maquinación...”. Esto significa que la man...
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1. A efectos de la escrituración de un inmueble no es necesario previamente valorar la solvencia de una de las partes. Basta que se formalice la escritura, pudiendo el vendedor levantar hasta el mismo momento de la firma de la escritura todo gravamen que pese sobre el bien y cumplimentar con ello su obligación de tradición libre de todo gravamen.
2. Frente a la inexistencia de fecha de escriturac...
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. La permanencia en el inmueble por parte del locatario luego de vencido el término contractual sólo implica la continuación del contrato en los mismos términos pactados, por cuanto el art. 1622 del C.C. elimina la posibilidad de una tácita reconducción, estableciendo en cambio, la prolongación de los términos contractuales y constituyéndose por ende el pago del precio de una lógica contraprestaci...
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1. Dentro de la capacidad laborativa se distingue la “genérica”, que es la de todo ser humano, de la “específica” que es la que posee un determinado individuo según sus aptitudes profesionales o laborales. En uno u otro caso la evaluación de la indemnización no puede ser la misma
2. El principio de que el daño debe ser cierto para ser indemnizable requiere que la incapacidad fruto del ilícito ha...
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1. El comprador de un automotor está obligado a solicitar la transferencia ante el Registro de la Propiedad del Automotor en el plazo de diez días desde la celebración del acto, según lo establece el art. 15 del decreto ley 6582/58 modificado por la ley 22.977.
2. En consecuencia, al vencimiento de dicho plazo legal sin el cumplimiento de esa obligación, el comprador cae en mora automáticamente s...
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