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31 Mar 2005

Cheque

Donalisio, Gustavo Enrique c/ Helmann, Alberto Alejandro Cheque
Endoso / Adquisición originaria / Diferencia con la cesión de créditos /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C.

El endoso es el acto jurídico cambiario que constituye la forma genuina de transmisión del cheque, a través del cual se adquiere el derecho que emerge del título de manera originaria. En cambio, por medio de la cesión de créditos, cada sucesivo titular del derecho lo adquiere en forma derivada, es decir, colocándose en la situación del cedent...

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31 Mar 2005

Cheque

Donalisio, Gustavo Enrique c/ Helmann, Alberto Alejandro Cheque
Endoso en blanco / Firma de un tercero: alcance /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C.

Hay que recalcar que la firma sin indicación de la persona a quien se pretende transmitir el cheque vale como endoso en blanco. Además de ello, el propio art. 17 ley 24.522 agrega que de no figurar la fecha, se presume que la posición de los endosos indica el orden en el que han sido hechos. Así fue que el cheque llegó a manos del tercero que lo presentó a...

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15 Mar 2005

Cheque

Acier Argentina S.A. c/ Municipalidad de Córdoba y otro Cheque
Pago diferido / Entidad pública / Imposibilidad de encuadrarlo en los supuestos de consolidación de deuda /
Tribubal: Cámara 3° C. y C.

El cheque de pago diferido dista mucho de configurar alguno de los supuestos de consolidación de deudas (art. 10 ley 9078) porque el art. 54 de la ley 24.452 lo define como una orden de pago librada a fecha determinada, posterior a la del libramiento, contra una entidad autorizada en la cual el librador a la fecha de vencimiento debe tener fondos.\nEl libramiento de una orden de pago diferi...

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11 Nov 2004

Cheque

Vilar, Miguel ángel Cheque
Contrato de mutuo / Libramiento de cheques en garantía / Fuerza ejecutoria /
Tribubal: Cámara 3ª C. y C.

Si bien los cheques son instrumentos de pago, nada obsta a que sean utilizados como garantía de obligaciones, práctica que es corriente y usual en el comercio y que de ninguna manera lo desnaturaliza ni pierde por ello su fuerza ejecutoria. En el caso, tales títulos fueron librados a los fines de servir de garantía al compromiso asumido por el mutuario segón cl&a...

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04 Nov 2004

Cheque

La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales c/ Oviedo G.E y Torres J.E.S.H. y otros Cheque
Sociedad de hecho titular de la cuenta / Suscripción del título por parte de uno de los socios / Efectos /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.

Si el cheque corresponde a la cuenta de la sociedad de hecho ónicamente, no es cuenta indistinta con algunos de los socios, y quien firma los cheques es uno de los socios, que como tal tenía la representación, debe concluirse que lo suscribió en representación de la sociedad y no a título personal, por la sencilla razón que no era titular de la cuen...

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04 Nov 2004

Cheque

La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales c/ Oviedo G.E y Torres J.E.S.H. y otros Cheque
Presunción de buena fe en favor del portador del cheque /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.

El portador del cheque goza de la presunción de buena fe que emerge del art. 2362 C.C. y, por lo tanto, si recibió una orden de pago contra un banco, correspondiente a la cuenta de una sociedad de hecho, suscripta por uno de los socios, no puede verse privado de poder perseguir su pago de dicha sociedad, o de sus socios conforme con la responsabilidad que emerge de la ley de sociedad...

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04 Nov 2004

Cheque

La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales c/ Oviedo G.E y Torres J.E.S.H. y otros Cheque
Transformación de la sociedad no inscripta / Inoponibilidad a terceros /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.

La transformación de la sociedad de hecho en otra de responsabilidad limitada, o el acuerdo por el cual uno de los socios cede su participación en la sociedad de hecho, son oponibles a los terceros; en el caso, el portador de un cheque correspondiente a la cuenta corriente de la sociedad de hecho.\nLa transformación de la sociedad de hecho en una sociedad de responsabilidad li...

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01 Jun 2004

Cheque

Gómez, Estela Mary c/ Daniela Koskiniotis Cheque
Domicilio registrado por el librador: efectos / Validez de las notificaciones practicadas en él /
Tribubal: Cámara C., C., de Flia., del Trab. y Cont. Adm. de Río Tercero

El art. 3º de la ley de cheques, en su segundo párrafo, expresa que el domicilio que el librador tenga registrado ante el girado, podrá ser considerado domicilio especial a todos los efectos legales del cheque.\r\nEl principio general establecido por el art. 144 C.P.C.C. en el sentido de que las notificaciones deben practicarse en el domicilio real, sufre desplazamiento en virtud de los términos d...

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01 Jun 2004

Cheque

Gómez, Estela Mary c/ Daniela Koskiniotis Cheque
Domicilio registrado por el librador ante el girado / Validez de las notificaciones practicadas en el domicilio especial /
Tribubal: Cámara C., C., de Flía., Trab. y Cont. Adm. de Río Tercero

El art. 3º de la ley de cheques, en su segundo párrafo, expresa que el domicilio que el librador tenga registrado ante el girado, podrá ser considerado domicilio especial a todos los efectos legales del cheque. El domicilio especial es el elegido por las partes del contrato para que tenga efecto respecto de las consecuencias contractuales. A través de esta modalidad, se habili...

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26 Dec 2003

Cheque

José Freiberg S.A. c/ Rubén Corrales - Ejecutivo Cheque
Libramiento en representación de una sociedad / Personas autorizadas /
Tribubal: Cámara 3ª C. y C.

\r\nLa falta de razón de la apelante es evidente, porque basta examinar someramente el cheque para convencerse de que el demandado no lo firmó a título personal sino ejerciendo la representación social. El hecho de que el cheque tuviese dos firmas y no una sola, debió hacer suponer que el libramiento se hacía por los firmantes en representación de la sociedad y no a título personal. El rechazo ban...

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