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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Responsabilidad objetiva /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.,

En materia de transporte, el Código de Comercio sigue la teoría del riesgo, responsabiliza al porteador, cualquiera sea la causa y aunque ésta sea desconocida, eximiéndolo únicamente en caso de vicios propios de los efectos, fuerza mayor o caso fortuito, y poniendo a su cargo la prueba de esos extremos. Se trata de una responsabilidad de naturaleza legal y objetiva, que tiene por fundamento el rie...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Caso fortuito y fuerza mayor /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.,

En el contrato de transporte de mercaderías rigen los arts. 162, 170, 171,172, 175,176 y 199 C.Com., estableciendo que los agentes de transporte terrestre no son responsables por los daños que sufrieren los efectos por caso fortuito o fuerza mayor (art. 172 C.Com.). El hecho de fuerza mayor debe reunir los caracteres de imprevisibilidad e inevitabilidad, y que no haya culpa del contratante que lo ...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Normas que imponen mayor previsibilidad /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.

El art. 902 C.C. sanciona una regla de conducta al imponer mayor previsibilidad que la ordinaria a aquellos sujetos a quienes la sociedad ha otorgado deberes de seguridad en virtud de las funciones que cumplen; esta previsibilidad autoriza a establecer grados en la relación de causalidad, otorgándole un mayor poder causal denominado ?super-causal?; cuando se trata de hechos en que hay obligación d...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Eximentes de responsabilidad / Obligación de indemnizar cuando se obró con negligencia /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.

\r\nCon relación al eximente alegado, la iudicante resalta las diferentes versiones del hecho acaecido, y aceptando como cierta cualquiera de las dos versiones, ha existido negligencia del transportista. Si fue cierto que levantó a una persona que hacía dedo, ha puesto en riesgo la carga que transportaba al subir al rodado a una persona extrantilde;a, y frenar el camión para alzarla. Si se paró a ...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Eximentes de responsabilidad / Obligación de indemnizar cuando se obró con negligencia /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.

\r\nDe conformidad con el art. 176 C.Com., aunque haya existido caso fortuito o fuerza mayor, el acarreador deberá indemnizar si se prueba que la avería o pérdida proviene de su negligencia o culpa, por haber dejado de emplear los medios o precauciones necesarias en circunstancias idénticas por personas diligentes. Para que el caso fortuito o de fuerza mayor sea un eximente de la responsabilidad, ...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Robo de mercaderías / Necesidad de probar que el siniestro era irresistible /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.

\r\nEl robo de efectos no puede ser considerado caso fortuito eximente de responsabilidad del transportista si éste no empleó las medidas que habría utilizado una persona diligente para prevenirlo. Un asalto a mano armada no configura, por sí solo, un eximente de responsabilidad del transportista, sobre todo teniendo en cuenta la lamentable seguridad de nuestras calles y rutas. El transportista qu...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Robo de mercaderías / Necesidad de probar que el siniestro era irresistible /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.

La previsibilidad del hecho es elemento esencial para distinguir el caso fortuito o fuerza mayor de la culpa, porque mientras en esta última, el hecho puede ser previsto y evitado, y si no lo es se debe a la negligencia en que incurre el responsable, en el caso fortuito, la previsibilidad se halla ausente, o el sujeto aun sospechando la vecindad o producción del acontecimiento es impotente para de...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Robo de mercaderías / Necesidad de probar que el siniestro era irresistible /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.,

\r\nEl hecho de un tercero por el cual no se debe responder, debe tenerse por incluido entre las circunstancias obstativas previstas en el art. 172 C.Com.. Mas no resulta suficiente la mera invocación del hecho de un tercero, sino que es necesario probar que el hecho dantilde;oso se ha producido por culpa exclusiva de este último...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Exoneración de responsabilidad / Necesidad de su prueba por quien la invoca / Eficacia de la denuncia penal /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.,

La denuncia penal no es suficiente para acreditar la eximente de responsa-bilidad. Para exonerarse de la responsabilidad que le está impuesta por la ley, el transportador debe probar fehacientemente la configuración de alguno de los eximentes que ella consagra (arts. 172 y 175 C.Com.)...

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