Es dable remarcar que no es suficiente para acreditar el extremo del peligro en la demora una alegación sobre los perjuicios que se pueden seguir de la ejecución del acto. Aunque no sea precisa una prueba concluyente, sí deben demostrarse sumariamente, con arreglo a las circunstancias que rodean el caso, que el gravamen que se sufre o se podría sufrir como consecuencia de la medida que se cuestion...
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En la pretensión cautelar incoada en contra de un acto legislativo, la apreciación del Tribunal para su procedencia ha de ser restrictiva. Esto porque está de por medio la presunción de legitimidad de tales actos. Siendo así es mayor carga de los peticionantes demostrar al menos con cierto grado de verosimilitud, el alegado apartamiento del acto respecto del ordenamiento jurídico (del voto de la m...
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Es dable remarcar que no es suficiente para acreditar el extremo del peligro en la demora una alegación sobre los perjuicios que se pueden seguir de la ejecución del acto. Aunque no sea precisa una prueba concluyente, sí deben demostrarse sumariamente, con arreglo a las circunstancias que rodean el caso, que el gravamen que se sufre o se podría sufrir como consecuencia de la medida que se cuestion...
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La pretensión crediticia de un comunero contra el otro, por el valor de las innovaciones materiales hechas en la cosa común es prescriptible.\r\nLas construcciones que un condómino pueda haber efectuado en el bien común, confieren a éste una pretensión personal (contenido obligacional o creditorio), prescriptibles conforme con las reglas propias de las acciones personales.\r\nLa acción por cobro d...
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La pretensión crediticia de un comunero contra el otro, por el valor de las innovaciones materiales hechas en la cosa común es prescriptible.\r\nLas construcciones que un condómino pueda haber efectuado en el bien común, confieren a éste una pretensión personal (contenido obligacional o creditorio), prescriptibles conforme con las reglas propias de las acciones personales.\r\nLa acción por cobro d...
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\r\n La facultad de retención, como manifestación de la defensa privada de un derecho, no puede ser ejercida sino cuando tiende a asegurar el cobro del crédito anejo a la cosa, pero el mismo debe ceder cuando sólo se lo utiliza como un modo excesivo para asegurar el cobro de la acreencia.\r\nLa sustitución no opera sin más, sino que además de ofrecerse la garantía suficiente a juicio del Trib...
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Los honorarios a liquidar conforme al valor jus, lo son de acuerdo ?al valor actual al momento de la regulaci...
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\r\nLos honorarios a liquidar conforme al valor jus, lo son de acuerdo ?al valor actual al momento de la regulación tomar un valor de referencia que permita determinar el quantum de los honorarios de los Profesionales; valor que generalmente con el tiempo se va incrementando, siempre en función de las fluctuaciones que experimente el sueldo del Juez de Cámara. Esto significa que tanto en la ley 82...
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La litis pendencia impropia act...
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