Respecto a la desvalorización de un rodado no pueden darse reglas generales con pretendida universalidad. Resulta inexacto sostener que todo choque produce desvalorización monetaria como tampoco es correcto afirmar que ésta sólo concurre cuando se afectan partes estructurales. Todo depende de las circunstancias, variables en cada caso, antigüedad del automóvil, estado en que quedó al ser reparado,...
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La mora presupone que la prestación debida sea susceptible de ser cumplida retardadamente de manera específica, en razón de resultar posible y útil para el acreedor. En caso contrario, no cabe hablar de mora sino de incumplimiento absoluto. El deudor moroso conserva el derecho a liberarse y sólo purgará su mora si cumple o realiza una oferta real de pago. Durante la mora subsiste plenamente el der...
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El CCyC ha optado por un sistema bifuncional comprensivo de la prevención del daño no acaecido -ya sea en cuanto a su existencia o entidad a fin de evitar su continuación y/o agravamiento- y de la reparación o resarcimiento con relación al ya producido (art. 1708 CCyC). Es así que conforme al nuevo paradigma se ha excluido la denominación “derecho de daños” por no resultar ésta comprensiva de amba...
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El derecho del consumidor nace del reconocimiento de la necesidad de restablecer el marco de equilibrio en la relación de consumo. Este marco desfavorable al consumidor y favorable al proveedor surge de una debilidad estructural por parte del consumidor en la relación de consumo.
En el caso, el ejecutante no es una persona que de manera profesional preste servicios financieros o realice intermed...
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El art. 124 ley 9459 confiere al letrado a favor de quien se han regulado honorarios la opción de perseguir el cobro mediante la vía de ejecución de sentencia en el mismo expediente donde fue efectuada dicha regulación, o en un juicio ejecutivo independiente. Pero el deudor puede ejercer su derecho a pagar en el expediente original, si a la fecha de la consignación no se encontrara anoticiado del ...
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La mora presupone que la prestación debida sea susceptible de ser cumplida retardadamente de manera específica, en razón de resultar posible y útil para el acreedor. En caso contrario, no cabe hablar de mora sino de incumplimiento absoluto. El deudor moroso conserva el derecho a liberarse y sólo purgará su mora si cumple o realiza una oferta real de pago. Durante la mora subsiste plenamente el der...
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El pago no constituye sólo una obligación del deudor sino también un derecho que el mismo tiene y que no puede coartarse porque se encuentre en mora. Implica el derecho a liberarse tanto de la obligación primigenia como de los propios efectos de la mora en curso.
El pago es un acto jurídico unilateral, pues la conformidad o disconformidad del acreedor es indiferente si el deudor pagó lo que se ob...
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El recurso de apelación y el de nulidad, resultan susceptibles de un único tratamiento a tenor de lo dispuesto por el artículo 362 C.P.C.C., el cual dispone que el recurso de apelación comprende los vicios de nulidad de las resoluciones por violación de las formas y solemnidades que prescriben las leyes....
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A la hora de aquilatar debidamente las causales consagradas por el legislador, de cuál es el fundamento del instituto, cabe fijar un mojón interpretativo que nos permita aplicarlas ante las diversas hipótesis que se presentan al magistrado; y hay consenso en que la finalidad de la recusación es asegurar la imparcialidad en el ejercicio de la función judicial.
Las causales de recusación –e inhibic...
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En el ámbito contravencional, la instrucción es llevada a cabo por el ayudante fiscal o juez de paz (arts. 127 y 119 inc. a CCCP), siempre que se trate de meras contravenciones sin conexidad con delitos (art. 18 a contrario sensu CCCP). El sumario contravencional es instruido por la policía administrativa con inmediato conocimiento y directivas de la autoridad competente (ayudante fiscal o juez de...
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