Costas
Principio objetivo de derrota / Discrecionalidad del tribunal /\r\nEl sistema establecido por el Código Procesal, si bien se sustenta en el principio de la derrota, no contiene pautas directamente relacionadas con el resultado económico de la condena sino que deja librado a la prudencia del juzgador el resultado final, conforme a las constancias de autos, tal como se desprende de la parte final del art. 130 C.P.C.C. que autoriza al tribunal a eximir total o p...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Martino, Carlos Guido c/ Héctor Ricardo Molina
Revista Nro: 89
Nro Página: 232