El otorgamiento de un plan social no es incompatible con una relación de dependencia permanente

Sayas, Griselda Noemí c/ Bulca SRL y/o quien en
definitive resulte empleador y/o responsable s/ indemnización, etc.
Fallo
Emitida el 28 de Julio de 2014
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
CORRIENTES,Corrientes
SINTESIS
Plan jefas y jefes de hogar. Declara válida la sentencia
que determinó que la actora se desempeñó como trabajadora permanente en el
establecimiento agrícola demandado. Refiere que los testimonios reunidos fueron
conducentes a la hora de desentrañar la controversia. Por otro lado agrega que,
no obsta a tal conclusión, el otorgamiento a favor de la actora de un Plan
Jefes y Jefas de Hogar. En efecto, no existe impedimento alguno para que el
beneficiario de un plan social preste servicio en relación de dependencia, con
la sola obligación de dar aviso y del efecto suspensivo del beneficio impuestos
por los arts.1°) y 2°) de la Res. 406/2.003 M.T.E.S.S., lo que implica lisa y
llanamente que el vínculo laboral en relación de dependencia es absolutamente
neutro a la contingencia socioeconómica del trabajador y a la providencia
asistencial del Estado.
SENTENCIA:
https://www.sendspace.com/file/zq65p3