Confirman la internación de dos adolescentes que agredieron a otro causándole la muerte

Causa: "A., F. G. y E., F. E. p.ss.aa. homicidio simple, etc.
–cuerpo de copias–Recurso de Casación"
Fecha: 3 de mayo de 2016.
Aunque son inimputables, todavía no volverán con sus
familias puesto que sus progenitoras no pueden brindarle la contención y la
supervisión necesaria
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba
(TSJ) confirmó la internación provisoria de dos adolescentes inimputables que
mataron a un joven y lesionaron a otro cuando les arrojaron un trozo de
cemento, mientras circulaban en una motocicleta por la vía pública. El Alto
Cuerpo ratificó así una decisión de la Cámara Criminal y Correccional de San
Francisco que había avalado la medida tutelar provisoria de internación
dispuesta por del Juzgado de Niñez, Juventud y Violencia Familiar de dicha sede
judicial.
El TSJ consideró que la entrega de los adolescentes a sus
progenitoras "no aparece como razonable", por un lado, por la ostensible
gravedad de conducta atribuida y porque su entorno familiar, por el momento,
"no puede brindarle la contención y supervisión necesaria. "Ninguna de las
madres asumió la gravedad del hecho cometido por sus hijos y la necesidad de su
tratamiento, sino todo lo contrario, negaron y minimizaron lo sucedido,
colocando como víctimas a sus hijos y no al joven fallecido como consecuencia
de la conducta de estos, lo que difícilmente los ayudaría en su
resocialización", expresó el Alto Cuerpo.
La sentencia subraya que en el caso no pudo vislumbrarse un
adulto "con aceptable capacidad para desempeñar su rol principal en lo concerniente
a la educación y contención de estos jóvenes" y que esta circunstancia
"habilita, por lo menos temporalmente, que el Estado asuma el rol subsidiario
que le compete ejercer en cuanto a estos aspectos, llevando a cabo un
tratamiento tendiente a la superación de la grave inconducta cometida".
Respecto a F. G. A., uno de los adolescentes en conflicto
con la ley penal, la encuesta socioambiental asegura que forma parte de una
familia disfuncional "proclive a cometer actos delictivos", que su progenitor y
otros tres hermanos están privados de la libertad y que su madre "muestra
cierta tendencia a negar los hechos" e intentar "justificar a sus hijos". En
cuanto a F. E. E., el otro involucrado, los informes destacan que presenta una
situación similar ya que su padre ha fallecido y su madre ha comercializado
estupefacientes en su domicilio.
De todos modos, el TSJ instó al Juzgado de Niñez, Juventud y
Violencia Familiar de San Francisco a solicitar informes periódicos sobre la
situación integral de los jóvenes al órgano de ejecución con el objetivo de
flexibilizar la internación, si el resultado del tratamiento lo permite, de
manera tal que se reduzca la restricción a la libertad al mínimo posible, o
bien, que sea reemplazada por alguna medida alternativa adecuada. En tal
sentido, el Alto Cuerpo recordó que la medida de internación no podrá tener una
duración excesiva que desborde su finalidad tuitiva y correctiva.
"Cabe instar a la jueza para que, con la intervención
técnica correspondiente, pueda articular alguna alternativa adecuada a la
reinserción positiva de los jóvenes, posibilidad que requerirá que las áreas de
la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) exploren el ámbito
familiar y aún de la familia extensa, dada la vulnerabilidad que presentan",
concluyó el TSJ.