Declaran la inconstitucionalidad de la restricción del derecho a votar de los presos

Mangoni, Rubén Darío s/ curatela art. 12 Código Penal

FALLO

26 de mayo de 2014

JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nro 25. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL


SÍNTESIS

Declara la inconstitucionalidad del art. 3, inc. e, del Código Electoral Nacional, que dispone la exclusión del padrón electoral de todos aquellos condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena, en cuanto importa la privación, para el solicitante, del ejercicio de su derecho al voto. Considera que la prohibición de sufragar que pesa sobre las personas privadas de su libertad resulta un trato discriminatorio, dado que la detención sólo tiene por objeto restringir la libertad ambulatoria, no el derecho a estudiar o a votar, algo básico en términos de inclusión. Asimismo, señala que resulta evidente que se afecta el derecho de igualdad, habida cuenta que la restricción al derecho a sufragar de una clase de individuos es arbitraria y anacrónica.


TEXTO DE LA SENTENCIA

http://www.sendspace.com/file/j3zpp5