El automovilista que circula por la derecha no responde por el accidente ocurrido en un cruce de calles

Varitis de A,
Natalia c/ Holzman, Jorge y otros s/ daños y perjuicios
SENTENCIA
JUZGADO EN
LO CIVIL Y COMERCIAL Nro 6 , LOMAS DE ZAMORA, BUENOS AIRES
24 de
Agosto de 2015
SINTESIS
Prioridad
de paso. Rechaza la demanda de daños y perjuicios interpuesta por los herederos
de un motociclista y por el acompañante de éste último al momento del
accidente, contra el propietario de la camioneta con la que colisionaron en un
cruce de calles. En tal sentido expresa que el automovilista gozaba de la
prioridad de paso a su favor para ingresar al cruce por la derecha del otro
rodado y esta circunstancia torna aplicable, en el particular, la doctrina de
la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires que sostiene que quien viene
por la izquierda al trasponer la bocacalle debe frenar hasta casi detenerse y
solo continuar si advierte que no circulan vehículos con prioridad de paso.
Máxime cuando no se han probado las conductas que se indican en la demanda,
tales como, que el demandado no uso los frenos ni redujo la velocidad con la
necesaria eficacia de evitar la colisión.