Niegan reparación por daño psicológico en un caso de robo de identidad

Si bien un
tercero sacó una tarjeta por el demandante, el perito, luego de examinarlo y de
analizar los tests que le realizó, fue terminante en cuanto a que no presentaba
un cuadro reactivo. Tampoco dictaminó incapacidad ni indicó necesidad de
terapia.
La Sala F
de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó incrementar el monto
de la indemnización por daño moral que se le concedió a N.M., quien demandó a
la firma Tarshop SA por haberlo incluído en la base de deudores de la página
web del Banco Central de la República Argentina (BCRA), pese a que no solicitó
ni accedió a crédito alguno.
A su turno,
el a quo consideró probado que el actor nunca fue cliente de la accionada y que
la empresa le otorgó una tarjeta a una persona que presentó documentación
apócrifa, razonando que una mínima diligencia por parte de la empresa pudo ser
suficiente para abortar la maniobra fraudulenta.
Así,
concluyó que Tarshop SA debía responder y sólo consideró procedente el reclamo
por daño moral, por la suma de $10.000.
Fundamentación
N.M. apeló
y se quejó del monto indemnizatorio -el cual definió como "poco
relevante"- y el rechazo del
resarcimiento del daño psicológico que alegó sufrir, así como del respectivo
tratamiento.
La Alzada
denegó el recurso y precisó que los argumentos expresados por el actor para
rebatir los fundamentos del juez eran insuficientes, detallando que se limitó a
transcribir párrafos enteros de la sentencia y que, cuando concretó su agravio,
sólo manifestó su discrepancia con la cifra concedida.
"No basta
como fundamentación la mera comparación del monto admitido con el pretendido en
su demanda", enfatizó.
En tanto,
indicó que no es un agravio insistir con las observaciones efectuadas a la
prueba pericial psicológica, cuando éstas fueron respondidas y debidamente
refutadas por el perito, sin que el reclamante aporte opiniones técnicamente
fundadas sobre su estado psíquico, de manera tal que sea posible considerar
erradas las conclusiones del experto.
Patología
El tribunal
también avaló el rechazo de la indemnización en concepto de daño psicológico y
reseñó que de las constancias de la causa surgía que el perito, luego de
examinar al actor y de analizar los tests que le realizó, fue terminante en
cuanto a que no presentaba un cuadro reactivo, acotando que tampoco dictaminó
incapacidad ni indicó necesidad de terapia.
En esa
dirección, puntualizó que el profesional informó que las ansiedades causadas
por los hechos que motivaron la demanda formaban parte de la preocupación y
sufrimientos normales, compatibles con el concepto de daño moral, sin llegar a
conformar una patología.
"La
expresión de agravios no es una mera fórmula carente de sentido y, para que
cumpla su finalidad, debe constituir una exposición jurídica que contenga el
análisis serio, razonado y crítico de la sentencia apelada para demostrar que
es errónea, injusta o contraria a derecho", recordó finalmente la Cámara.