Rechazan suspensión del juicio pedida por una exfuncionaria del Concejo Deliberante de Río Cuarto

Había adulterado una factura por la compra de pan criollo
para cobrar una cifra superior a la abonada
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazó la
suspensión de juicio a prueba (probation) solicitada por una exsecretaria de
bloque del Concejo Deliberante de Río Cuarto imputada por los delitos de
adulteración de instrumento privado, uso de documento privado adulterado
agravado y fraude en perjuicio de la administración pública agravado en grado
de tentativa.
Según la acusación, Verónica Andrea Abasolo adulteró el
valor consignado en una factura expedida por panadería por la compra de pan criollo
y luego intentó cobrarla ante la Sub- Dirección General de Presupuesto del
Concejo Deliberante. Concretamente, la imputada habría insertado un número
"tres" delante del precio original de doce pesos de tal manera que figure un
monto más elevado: 312 pesos. La maniobra se habría completado con la
incorporación al pie del documento de la leyenda "trescientos doce pesos
criollos".
Si bien la ley excluye a los funcionarios públicos acusados
de cometer delitos en el ejercicio de la función de la posibilidad de acceder
al beneficio de la probation, la defensa argumentó que Abasolo "no tenía a su
cargo funciones públicas" puesto que se desempeñaba como secretaria de bloque
de concejales "Río Cuarto Para Todos" y que un frente político "es
una institución de la sociedad civil".
Sin embargo, el TSJ concluyó que la imputada "cumplía
funciones públicas", puesto que entre sus tareas se encontraba la organización
administrativa y funcional de un bloque de concejales, "esto es de aquellos
representantes de la ciudadanía que tienen a su cargo la sanción de las
ordenanzas que regulan la convivencia de la vida en sociedad como también el
control de los actos de gobierno que realiza el poder ejecutivo municipal".
"A su vez, conforme surge del requerimiento de citación a
juicio, también puede afirmarse que los hechos por los que se la acusa fueron
cometidos en el ejercicio de la función pública, pues se trataba de una de las
actividades que le había sido asignada. Es que entre sus funciones se le había
encomendado específicamente la custodia y administración de la caja chica del
bloque", añadió la Sala Penal. En síntesis, el Alto Cuerpo consideró que surge
claramente del expediente judicial que la imputada participaba de la función
Causa: ABASOLO, Verónica Andrea y otro p.ss.aa. Uso de
documento privado adulterado, etc. –Recurso de Casación-"
Fecha: 18 de mayo de 2015.