Drogas: difunden los fundamentos del fallo que dispone investigar presunto encubrimiento

En la sentencia, la Cámara 4ª del
Crimen también condenó por tenencia simple de estupefacientes al joven que
concretó la venta, en un hecho ocurrido en 2013
La Cámara 4º del Crimen de la ciudad
de Córdoba dio a conocer los fundamentos de la resolución por medio de la cual
dispuso que una Fiscalía de Instrucción investigue si un joven de 24 años
cometió presuntamente encubrimiento al haber adquirido marihuana para consumo
personal, en una vivienda ubicada en el barrio Liceo, Segunda Sección.
Asimismo, el tribunal condenó al joven de 21 años que concretó la venta a la
pena de dos años de ejecución condicional por el delito de tenencia simple de
estupefacientes reiterada.
En la resolución, el camarista Jorge
Raúl Montero esgrimió que, en relación con el vendedor, se probó "la entrega de
estupefacientes de éste a otro sujeto, en exiguas cantidades y por una suma
dineraria nimia, operatoria que no escapa a la de la mera venta". Asimismo,
aclaró que "el hallazgo en su domicilio de sustancias de la misma calidad pero
en mayor cantidad, y de una determinada suma dineraria, no son suficientes para
ubicarlo en una cadena de tránsito donde le quepa el rol de comerciante".
Como consecuencia, el tribunal
(unipersonal) concluyó que asistía razón al fiscal de Cámara cuando, durante el
debate oral, requirió que el imputado fuera juzgado por la presunta comisión de
tenencia simple de estupefacientes, en vez de por comercialización de
estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización,
como lo había considerado el fiscal de Instrucción.
Por ende, teniendo en cuenta la
corta edad del joven, así como sus deseos de superar la adicción y de retomar
los estudios, la Cámara entendió que correspondía imponerle la pena de dos años
de ejecución condicional y una multa de 100 pesos, además de una serie de
reglas de conductas para los próximos cuatro años (no cometer delitos,
abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes, asistir a la
secundaria y adoptar un empleo u oficio según sus capacidades, entre otras).
Posible encubrimiento
Por su parte, respecto del otro
joven, el magistrado decidió remitir los antecedentes a una fiscalía para que se
investigue si incurrió en el supuesto encubrimiento. Esto, teniendo en cuenta
que, salvo en los casos en que la propia ley quita a las sustancias
psicoactivas "su costado prohibitivo" al ser destinadas a "un uso médico,
científico o a investigaciones o experimentos", para el resto de los casos "la
sustancia es mala prohibita (en el sentido literal de la expresión), y, por
ello, quien la recepta, sólo por este hecho recibe una cosa que tiene ese
carácter".
En el mismo sentido, el camarista
argumentó que, aun cuando de la escasa cantidad y demás circunstancias surgiera
que inequívocamente la tenencia es para uso personal, y se adoptaran para el
caso los lineamientos marcados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación
(inconstitucionalidad de la punición en casos de tenencia para consumo,
conforme al caso 'Arriola'), en modo alguno esta tenencia movería al sujeto de
su injerencia activa como último eslabón en una cadena de tráfico (supuesto
potable para el encubrimiento).
En esta inteligencia, se señaló
específicamente que, además, el encubrimiento como tal se corre del elenco de
los delitos contra la salud pública, puesto que el bien jurídicamente protegido
a través de dicha tipificación es la administración de Justicia.
Finalmente, el camarista recalcó que
el joven aún no fue sobreseído y, en el hipotético caso de que se hubiera
dispuesto el archivo de la causa, este lo habría sido sólo "por el hecho
tipificado como tenencia para consumo personal, pero no por la receptación
dolosa de la droga incautada, como parte de la venta efectuada".
El hecho ocurrió en mayo de 2013,
cuando se concretó un allanamiento en una vivienda ubicada en la calle
Belisario Roldán al 1.200 del Barrio Liceo Segunda Sección, de la ciudad de
Córdoba. En la ocasión, en el interior de la casa secuestraron 12,54 gramos de
cocaína y 72,62 gramos de "cannabis sativa", además de 3.596 pesos y de papel
para armar "porros" en el bolsillo del pantalón del joven ahora condenado. Por
su parte, personal policial requisó al otro joven, que había concurrido al
lugar a concretar una compra, y le secuestraron un envoltorio de papel de
diario y un cigarrillo de marihuana, de confección artesanal, parcialmente
consumido.
Causa: "Cruz, Pedro Enrique p.s.a.
Tenencia Simple de Estupefacientes; Márquez Maldonado, Jonathan José Ulises
p.s.a Comercialización de estupefacientes agravada; Zuñiga, Brian Abel p.s.a
Comercialización de estupefacientes, Tenencia con fines de comercialización
simple".
Fecha: 11 de mayo de 2015.