Los puntos sobresalientes del proyecto de reforma del Código Procesal Penal

El proyecto de reforma del
Código Procesal Penal (CPP) de la Nación anunciado por la Presidenta Cristina
Fernández de Kirchner fue elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Nación, recoge y actualiza las iniciativas del anteproyecto de
Código Procesal Modelo para Iberoamérica elaborado por el jurista Julio Maier,
el anteproyecto de Alberto Binder (INECIP) y retoma aspectos de los textos
elaborados por el Ministerio en 2007 y en el Congreso de la Nación en 2010, a
iniciativa del diputado Oscar Albrieu.
El Código Procesal Penal
vigente fue implementado en 1991, y aunque incorporó el juicio oral, mantuvo el
trámite escrito e inquisitivo en la etapa de instrucción, de forma tal de que
hoy los jueces investigan y controlan la legalidad de su propio trabajo.
El texto que la Presidenta
envía al Congreso incorpora los principios de celeridad, oralidad, publicidad y
"desformalización" de las decisiones; sus reglas cumplen con el
núcleo de garantías procesales de la Constitución Nacional; prevé que ningún
proceso podrá durar más de tres años; y agiliza la revisión de las decisiones.
Cristina Kirchner anunció
que la reforma incorporará una "figura que va a generar controversia"
que es la "expulsión de extranjeros" que sean sorprendidos "in
fraganti" cuando cometen un delito. "Nuestro país tiene una política
migratoria como pocos", destacó la mandataria, quien subrayó que "es
una protección que merecemos los argentinos frente a lo que se ha venido
observando, extranjeros que ingresan al país con motivos de delinquir",
dijo por cadena nacional.
Habrá "sanciones
graves" como la destitución de jueces o fiscales "que no actúen como
es debido"
El nuevo código contemplará
la expulsión del país para los extranjeros que sean sorprendidos "in
fraganti" es decir, "con las manos en la maza" cuando cometen un
delito y dispondrá que "no podrán volver a ingresar a la Argentina por 15
años y si lo hacen, serán juzgados por ese delito".
"Es una protección que
merece el conjunto de los argentinos frente a lo que se ha venido observando
como un fenómeno creciente de extranjeros que ingresar al país para
delinquir", fundamentó la mandataria en un claro guiño a la propuesta que
lanzó meses atrás el secretario de Seguridad nacional, Sergio Berni.
La jefa de Estado también
aclaró que el nuevo Código tendrá "sanciones graves" como la
destitución de jueces o fiscales "que no actúen como es debido".
"Que el ciudadano tenga
la certeza de que hay instrumentos legales que lo protegen y que puede
reclamarle a ese juez y fiscal cuando no actúan como es debido. Y cuando ese
fiscal y juez no actúan como es debido, en lugar de enojarse e ir a un programa
de televisión, lo importante es tomar las medidas para que ese mal juez o mal
fiscal que está demorando la Justicia, deje de ser fiscal o deje de ser juez,
que es lo que está reclamando la sociedad", enfatizó Cristina.
Además, la iniciativa
introduce el principio de oportunidad procesal, que habilita al Ministerio
Público a desistir de la acción pública por insignificancia u otras causales,
aspecto que permitirá que los fiscales puedan aplicar una política criminal
estratégica, de forma tal de dar preponderancia a la persecución de delitos más
graves y la complejidad del crimen organizado.
También prevé la posibilidad
de convertir la acción pública en privada para determinados delitos, y regula
la conciliación como una forma alternativa de resolución, destacó la Agencia
Nacional de Noticias Jurídicas, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
de la Nación.
Los jueces dejarán de
investigar y pasarán a transformarse en jueces de garantías: serán quienes
deban autorizar o denegar determinados requerimientos de parte del fiscal, que
tendrá a cargo la instrucción de la causa y la persecución penal integral.
El Ministerio Público de la
Defensa también tendrá mayores facultades para intervenir en el proceso,
generar investigaciones propias y establecer mecanismos de organización útiles
para el servicio de defensa pública oficial.
Las asociaciones y
fundaciones podrán ser querellantes en las investigaciones de delitos de lesa
humanidad o en causas por violaciones graves a los derechos humanos, en tanto
que además se garantizará que las costumbres de los pueblos originarios sean
tenidas en cuenta cuando los hechos involucren a sus miembros.
Las víctimas tendrán herramientas
para intervenir en caso de que se sobresea al imputado; los riesgos procesales
como el de entorpecer la investigación y el peligro de fuga de los imputados
estarán regulados con pautas objetivas; y la investigación no podrá durar más
de un año.