La condición etaria del detenido no implica la concesión automática del beneficio de prisión domiciliaria

Romano Ruiz, Otilio Irineo Roque
s/ Incidente de prisión domiciliaria
TRIBUNAL ORAL FEDERAL Nro 1
MENDOZA, MENDOZA
16 de Septiembre de 2014
SINTESIS
Detención domiciliaria. Rechaza la concesión del beneficio de la prisión domiciliaria solicitado por un detenido que cuenta con 71 años de edad, en el marco de una causa en la que se investiga la comisión de crímenes de lesa humanidad. Considera que, si bien el imputado reuniría la condición etaria prevista por el art. 32 inc. d) de la ley 24.660 (modificada por la ley 26.472), esta situación no significa la concesión automática del instituto. Advierte que se trata de una medida de concesión excepcional, máxime en un proceso en que se investigan violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la última dictadura militar, y las condiciones de salud del detenido admiten que el tratamiento de sus dolencias sea realizado en el Complejo Penitenciario en el que se haya alojado.
SENTENCIA