La aplicación de astreintes conlleva la existencia de incumplimiento injustificado de una orden judicial, por lo que sólo es relevante, para corroborar la corrección de su aplicación, comprobar que haya mediado incumplimiento a deberes jurídicos impuestos en una resolución judicial y no el carácter de parte o tercero que revista el conminado.
El campo de aplicación de las astreintes no se reduce...
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bien debe reconocerse que no pocos pronunciamientos han hecho hincapié en la necesidad de la concurrencia de tales requisitos subjetivos en el proceder del incumpliente, lo real es que no es necesario un incumplimiento deliberado ya que la norma que legisla al respecto (art. 666 bis C.C.) no requiere ningún elemento doloso en el incumplidor, de modo que es suficiente que haya habido mera negligenc...
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La aplicación de astreintes alcanza no sólo a todo tipo de obligaciones sino también a los deberes de conducta que carecen de contenido patrimonial, como sucede en la especie, en que el deber jurídico consistía en informar y acreditar ante el tribunal del cual emanó la orden judicial....
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A través de este instituto se instrumenta el orden como deben suceder los actos procesales, que por vía de principio han de ser progresivos y oportunos. Atendiendo a esa función específica, la preclusión es una institución de orden público concebida para la protección de dos valores: la seguridad jurídica y el cuidado de un inútil desgaste jurisdiccional. Tales premisas adquieren especial trascend...
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El ejercicio de la actividad jurisdiccional de la alzada presupone una lesión perpetrada, o al menos tentada. La satisfacción del recaudo de suficiencia en la fundamentación del recurso de apelación requiere en cada agravio un ataque pertinente y eficaz, una objeción dirigida a las consideraciones determinantes del fallo, capaz de comprometer su estructura fundacional y su validez....
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La eventual ejercitación de la «apelación de tramitación diferida», consagrada por el art. 515 C.P.C.C., sólo es posible cuando la cuestión materia del recurso ha sido introducida mediante la oportuna articulación de la reposición o del incidente de nulidad y se ha resultado vencido en dicha instancia. Tales condiciones no previstas en la ley se infieren del sistema recursivo, en el que la tempest...
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Tanto el desistimiento del recurso de apelación, como el juicio de admisibilidad de la apelación adhesiva, son competencia del tribunal de alzada, ya sea en lo referente al recurso -ya que el a quo al concederlo se desprende de la jurisdictio- como en la apelación adhesiva, en tanto y en cuanto ya se haya corrido traslado a la contraria, pues el desistimiento del apelante no lo puede frustrar....
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La carga de expresar agravios conlleva la imperatividad de dotar de contenido crítico al discurso recursivo, lo que implica explicitar razonada, crítica y fundadamente las diversas premisas.
Los extremos del pronunciamiento, así como los argumentos que lo sostienen que no vienen discutidos a través de la apelación, quedan irremediablemente consentidos por constituir una derivación racional de los...
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La doctrina es monocorde en orden a la naturaleza subsidiaria de la acción autónoma de nulidad, en cuanto requiere el agotamiento de todas las posibilidades recursivas, ordinarias o extraordinarias, de suerte que la existencia de una posibilidad impugnativa excluye el agravio de jerarquía constitucional que sirve de sustento a la acción de que se trata....
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Esta acción excepcional no es un medio de impugnación procesal, sino sustancial, cuya finalidad es evitar la injusticia de la sentencia írrita, más que asegurar la regularidad formal del procedimiento, puesto que los vicios correspondientes al propio juicio tiene que regirse imprescindiblemente a través de los carriles impugnativos ordinarios, no pudiendo utilizarse este remedio para superar defic...
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