Si el libelo apelativo trasunta la inobservancia de elementales principios de técnica recursiva, dicha deficiencia lo torna formalmente inidóneo como expresión de agravios y, en consecuencia, manifiestamente inhábil para excitar la competencia funcional de la alzada...
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La viabilidad de toda gestión impugnativa supone además de fundamento sustancial suficiente, la correcta utilización de los medios por los que aquélla se instrumenta.
El demandado debe presentar tempo-ráneamente su expresión de agravios, y además hacerlo con suficiencia técnica.
El sistema de recursos pertenece a la ley, y es de orden público, por lo que no puede ser alterado ni aun mediando con...
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La expresión de agravios no es una mera fórmula, ni puede equiparase a una simple sumatoria de razones o sinrazones, dirigidas a sostener la distancia o el diferente punto de vista del recurrente. La expresión de agravios importa la carga de motivar y fundar suficientemente la queja, señalando y demostrando los errores del pronunciamiento impugnado, o las causas por las que se considera injusto o ...
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Conforme a lo preceptuado por el art. 349 C.P.C.C., último párrafo, esta figura abdicativa se puede expresar en cualquier estado de la causa y tiene por efecto producir la extinción del proceso recursivo y hacer pasar en autoridad de cosa juzgada la resolución cuestionada...
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Sólo la parte dispositiva de la sentencia es susceptible de ataque mediante el recurso de apelación. En consecuencia, salvo cuando los considerandos contengan directivas enderezadas a orientar la ejecución, o de algún modo influyan en la parte dispositiva, no resultan directamente impugnables. Por la misma razón, tampoco el vencedor puede recurrir cuando los considerandos han omitido el tratamient...
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Teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 25 de la ley 19.550, todos los medios probatorios admitidos en el derecho comercial son utilizables para acreditar la existencia de la sociedad de hecho, sin las restricciones del art. 209 C.Com. debiéndose entender que la sujeción al derecho común a que alude la exposición de motivos se refiere a las disposiciones del art. 1190 C.C. sobre las pruebas de...
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Se ha acordado particular relevancia para la prueba de la existencia de la sociedad de hecho, a las circunstancia de que el local del negocio aparezca alquilado a nombre de los presuntos socios.
El certificado expedido por la comisaría que da cuenta de la existencia de una denuncia recibida en la dependencia policial por sustracción de elementos del local, en la que se manifestó que lo sustraído ...
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El examen de admisibilidad formal del recurso es inherente a los poderes propios del tribunal de apelaciones y debe efectuarse sin encontrarse ligado a ese respecto ni por la conformidad de las partes ni por la resolución del juez de primer grado. Esta facultad de conocer acerca de las condiciones de procedencia del recurso en razón de su competencia funcional, dado su carácter de orden público, p...
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La circunstancia de que el resolutorio atacado haya sido dictado sin sustanciación no resulta óbice para que proceda al respecto la apelabilidad directa, de conformidad con lo preceptuado por el art. 355 C.P.C.C.. Es suficiente que concurra la condición de «irreparabilidad del gravamen» para que pueda apelarse sin más, sin perjuicio que el afectado, sólo si así lo prefiriere, deduzca reposición co...
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Las sanciones conminatorias autorizadas por el art. 666 bis C.C., constituyen un medio compulsivo conferido a los magistrados para lograr que sus mandatos sean acatados por todos aquéllos que intervengan en el proceso, permitiendo con su aplicación doblegar la voluntad renuente del constreñido a su cumplimiento. Su aplicación supone como condición esencial la existencia de una orden judicial no cu...
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