La constitución de un nuevo jurado no es una consecuencia que se derive de la declaración de nulidad del acto administrativo. Si los concursantes tuvieron la posibilidad, en conformidad con la normativa regulatoria del concurso, de recusar a los miembros del tribunal examinador y no lo hicieron, dicho tribunal ha quedado constituido definitivamente.\nLa constitución de un nuev...
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La calificación adjudicada por el jurado del concurso, como resultado del examen práctico de la prueba de oposición, posee naturaleza jurídica de acto administrativo, atento el carácter eliminatorio que el régimen jurídico aplicable atribuye a dicho examen.\nSi la calificación provoca la exclusión definitiva de los participantes es evi...
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El acto es nulo cuando alguno de sus elementos esenciales resulta excluido, mientras que es anulable cuando el vicio no llegare a impedir la existencia de alguno de sus elementos esenciales. No obstante, para establecer el tipo de nulidad no sólo debe analizarse si al acto le falta algún elemento esencial, sino cuál es la intensidad de la gravedad del vicio, es decir la magnit...
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El concurso público comporta un procedimiento de selección del más idóneo por oposición, garantizando los principios de publicidad, concurrencia e igualdad de oportunidades. \nEl concurso, como todo procedimiento administrativo de selección del cocontratante, está integrado por una serie de etapas o fases, donde se evalúan distintos aspectos ...
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La calificación adjudicada por el jurado del concurso, como resultado del examen práctico de la prueba de oposición, posee naturaleza jurídica de acto administrativo, atento el carácter eliminatorio que el régimen jurídico aplicable atribuye a dicho examen.\nSi la calificación provoca la exclusión definitiva de los participantes es evi...
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Parece claro que el art. 11 de la ley 25.561, en su versión original excluía de su ámbito de aplicación a los créditos que eran exigibles con anterioridad a su entrada en vigencia, al aludir a las prestaciones dinerarias exigibles desde la fecha de promulgación de la presente ley; entender lo contrario implicaría colocar a ésta en franca opos...
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No puede entenderse que el hecho de no haber incluido el art. 8...
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Si por vía de hipótesis se admitiera que la intención de la ley 25.561, de los decrs. 214/02 y 320/02 y de la posterior ley 25.820 ha sido abarcar en su ámbito de aplicación a todas las obligaciones contraídas en moneda extranjera antes del 7 de enero de 2002, sin excepción alguna, de todos modos un juez no podría aplicarlas sin incurrir en v...
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El ejercicio de la atribución jurisdiccional de controlar la constitucionalidad de las normas no resulta excluido por invocación de la doctrina de las ?cuestiones políticas? por el hecho de tratarse de medidas dictadas por los órganos políticos del Estado alegando razones de emergencia. \nEstá en los fundamentos mismos del sistema de control de constitucio...
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Una interpretación complexiva de toda la normativa de emergencia permite concluir que las obligaciones pesificadas son las que tienen causa anterior o coetánea a la promulgación de la ley 25.561, tornando abstracta la conflictiva referencia a la ?exigibilidad? de su predicado a todas las obligaciones cualquiera fuere su causa, pactadas en divisas extranjeras y no vinculadas co...
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