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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Transporte de mercaderías / Obligación de resultado, /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.,

En el contrato de transporte terrestre de mercaderías, una empresa se obliga mediante el pago o promesa de pago del porte o flete, a recibir los efectos que se le entreguen y a transportarlos a un lugar determinado para entregarlos al destinatario, asumiendo profesionalmente los riesgos provenientes de estos actos. De ahí que asume una obligación de resultado, promueve y garantiza un resultado con...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Responsabilidad contractual /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.,

La responsabilidad contractual, en el contrato de transporte de mercaderías, está regida esencialmente por el derecho comercial, como lo dispone el art. 1624 in fine C.C. cuando establece que el servicio de los empresarios o agentes de transportes, tanto por tierra como por agua, tanto de personas como de cosas, se rige por las leyes del Código de Comercio, y por las del Código Civil, respecto de ...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Obligaciones del porteador /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.,

La conducción del objeto, su custodia y su entrega al destinatario son tres fases de la obligación única e indivisible que asume el porteador, por lo que la omisión de cualquiera de tales actividades hace surgir la responsabilidad por el incumplimiento de su obligación. Es obligación del porteador o transportista custodiar la carga hasta su entrega al destinatario (art. 170 C.Com.) y es responsabl...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Responsabilidad objetiva /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.,

En materia de transporte, el Código de Comercio sigue la teoría del riesgo, responsabiliza al porteador, cualquiera sea la causa y aunque ésta sea desconocida, eximiéndolo únicamente en caso de vicios propios de los efectos, fuerza mayor o caso fortuito, y poniendo a su cargo la prueba de esos extremos. Se trata de una responsabilidad de naturaleza legal y objetiva, que tiene por fundamento el rie...

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02 Aug 2005

Contrato de transporte

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Contrato de transporte
Caso fortuito y fuerza mayor /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.,

En el contrato de transporte de mercaderías rigen los arts. 162, 170, 171,172, 175,176 y 199 C.Com., estableciendo que los agentes de transporte terrestre no son responsables por los daños que sufrieren los efectos por caso fortuito o fuerza mayor (art. 172 C.Com.). El hecho de fuerza mayor debe reunir los caracteres de imprevisibilidad e inevitabilidad, y que no haya culpa del contratante que lo ...

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02 Aug 2005

Responsabilidad civil

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Responsabilidad civil
Transporte de mercaderías / Obligación de resultado /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C

\r\nEn el contrato de transporte terrestre de mercaderías, una empresa se obliga mediante el pago o promesa de pago del porte o flete, a recibir los efectos que se le entreguen y a transportarlos a un lugar determinado para entregarlos al destinatario, asumiendo profesionalmente los riesgos provenientes de estos actos. De ahí que asume una obligación de resultado, promueve y garantiza un resultado...

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02 Aug 2005

Responsabilidad civil

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Responsabilidad civil
Cámara 8ª C. y C /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C

La conducción del objeto, su custodia y su entrega al destinatario son tres fases de la obligación única e indivisible que asume el porteador, por lo que la omisión de cualquiera de tales actividades hace surgir la responsabilidad por el incumplimiento de su obligación. Es obligación del porteador o transportista custodiar la carga hasta su entrega al dest...

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02 Aug 2005

Responsabilidad civil

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Responsabilidad civil
Cámara 8ª C. y C /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C

El porteador es responsable ante el consignatario y el cargador en virtud del incumplimiento contractual, por los dantilde;os y perjuicios que tal incumplimiento ocasione...

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02 Aug 2005

Responsabilidad civil

Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro Responsabilidad civil
Responsabilidad objetiva /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C

En materia de transporte, el Código de Comercio sigue la teoría del riesgo, responsabiliza al porteador, cualquiera sea la causa y aunque ésta sea desconocida, eximiéndolo únicamente en caso de vicios propios de los efectos, fuerza mayor o caso fortuito, y poniendo a su cargo la prueba de esos extremos. Se trata de una responsabilidad de naturaleza legal y objeti...

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