El examen causal es previo a la indagación de factores objetivos o subjetivos de atribución de responsabilidad. únicamente ante la causación de un daño se averigua si concurre algún motivo para que alguien deba responder por él. El art. 906 C.C., supedita la responsabilidad a la causalidad adecuada entre el hecho fuente y el daño resultante. ...
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Según el art. 3986 C.C., ?la constitución en mora del deudor, efectuada en forma auténtica?, suspende el curso de la prescripción por una sola vez y por el término de un año. Que el texto del art. 3986 C.C. adolece de una falta de precisión sistemática es evidente, pero de ello no se puede extraer la consecuencia que pretende sugerir el apela...
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A pesar de la desafortunada expresión del art. 3986 C.C., lo que genera la suspensión no es en general la constitución en mora sino el requerimiento de pago efectuado en forma fehaciente, el cual puede o no, según la disciplina de la obligación, provocar la constitución en mora....
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Según el art. 3986 C.C., ?la constitución en mora del deudor, efectuada en forma auténtica?, suspende el curso de la prescripción por una sola vez y por el término de un año. Que el texto del art. 3986 C.C. adolece de una falta de precisión sistemática es evidente, pero de ello no se puede extraer la consecuencia que pretende sugerir el apela...
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A pesar de la desafortunada expresión del art. 3986 C.C., lo que genera la suspensión no es en general la constitución en mora sino el requerimiento de pago efectuado en forma fehaciente, el cual puede o no, según la disciplina de la obligación, provocar la constitución en mora....
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La cuestión que debe decidirse consiste en determinar si la acción del de-mandante, calificada ya como ?redhibitoria? y rechazada por haber sido interpuesta vencido el plazo de prescripción de tres meses del art. 4041 C.C., puede ser admitida asumiendo que esté regida por la ley 24.240 de defensa del consumidor cuyo art. 50 establece un plazo general de prescripción de tres años....
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Si bien es cierto que el encuadramiento del caso en la normativa del Código Civil o en la establecida por la ley 24.240 es un problema estrictamente jurídico, no lo es menos que la aplicación de la ley de defensa del consumidor requiere la concurrencia de algunas circunstancias de hecho extrañas al régimen de la ley civil, circunstancias que no fueron señaladas por el actor en la demanda, ni en ni...
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La compraventa de inmuebles nuevos no está captada en forma general por la ley de defensa del consumidor, ni siquiera cuando el negocio forma parte de un plan de viviendas organizado por un único vendedor. La ley exige algo más que esto para que el contrato pueda ser calificado como acto de consumo y gobernarse por aquella ley. Exige que la venta haya sido precedida de una ?oferta pública dirigida...
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No se ha producido prueba alguna sobre las ofertas públicas como no sea la fotografía que sólo da cuenta de la existencia de un cartel cuya ubicación en el tiempo y en el espacio no fue exactamente deter-minada, que además es igual al que suele haber en todas las obras en construcción y que de ?oferta pública? sólo podría tener la leyenda ?últimas unidades disponibles?....
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Habiendo el actor eludido el debate acerca del encuadramiento jurídico, y tomado por sorpresa a la demandada planteando la cuestión nítidamente recién en la segunda instancia, no parece razonable que pueda exigir la aplicación de la ley 24.240 sólo porque en la demanda citó dicha ley después de haber afirmado diez folios antes y sólo c...
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