Los demandados no estaban en condiciones de defenderse si la actora al demandar no ha suministrado todos los datos necesarios para la comprensión plena de los hechos en que se asienta el reclamo indemnizatorio, como así tampoco los montos pretendidos; sin embargo, al tiempo de contestar la excepción planteada, dejaron en claro qué era lo que demandaban, por lo cual si b...
Ver más
La exigencia de indicar el monto resarcitorio no se refiere a un elemento accidental o secundario, sino que atantilde;e a la identificación misma de lo pretendido por el actor, es decir, al objeto de la acción, con arreglo al cual debe expedirse el sentenciante...
Ver más
Tratándose de demandas por indemnización de dantilde;os y perjuicios deben discriminarse con indicación de la cantidad respectiva, los distintos rubros que comprende el monto total de lo reclamado y proporcionar los datos necesarios para que la contraparte pueda aceptar o no el reclamo, y producir en su momento la prueba que haga a su derecho....
Ver más
Los demandados no estaban en condiciones de defenderse si la actora al demandar no ha suministrado todos los datos necesarios para la comprensión plena de los hechos en que se asienta el reclamo indemnizatorio, como así tampoco los montos pretendidos; sin embargo, al tiempo de contestar la excepción planteada, dejaron en claro qué era lo que demandaban, por lo cual si b...
Ver más
La pericia es aquel medio de prueba en virtud del cual personas ajenas (rectius “distintas”) a las partes y a los restantes sujetos del proceso, a raíz de un específico encargo judicial y fundados en los conocimientos científicos, artísticos o técnicos que poseen, comunican al juez o tribunal las comprobaciones, opiniones o deducciones extraídas de los hechos sometidos a su dictamen.
El objeto ...
Ver más
Nuestro sistema legal adopta una noción mixta, biológico-psicológica de imputabilidad, en la que la base biológica cuenta con un correlato valorativo que la vincula con su aptitud para la comprensión de la criminalidad del acto y la posibilidad de dirigir sus acciones de acuerdo con ella. La falta de comprensión de la criminalidad del acto debe ser total para que pueda plantearse un supuesto de in...
Ver más
Sobre la vigencia que tiene este plazo de caducidad luego de la reforma constitucional de 1994, existen dos posiciones doctrinarias y jurisprudenciales encontradas. Una sostiene que a partir de la reforma, el art. 46 C.N., exige que el amparo sea expeditivo, y ello significa que no está sujeto a condicionamientos, de modo que el plazo de caducidad previsto en el art. 2...
Ver más
En conclusión, el art. 43 C.N., modificó algunos aspectos de las leyes reglamentarias del amparo, por ej., el atinente a que no es necesario interponer recursos adminis-trativos previos al amparo y la posibilidad de declarar la inconstitucionalidad de una norma (art. 2...
Ver más
A los fines de determinar si el amparo es planteado en tiempo habrá de establecerse cómo debe computarse dicho plazo. Para ello es necesario precisar cuándo el afectado toma conocimiento del acto lesivo, lo cual es una cuestión de hecho que, en cada caso, deberá ser resuelto con arreglo a las pruebas aportadas a la causa....
Ver más