En relación con la fundamentación probatoria basada en indicios, corresponde recordar que ellos conducen a la certeza en la medida en que su valoración conjunta demuestre razonablemente la derivación unívoca de la conclusión objetada. En tal sentido, se ha sostenido que en materia de indicios, hoy en día está fuera de discusión la posi...
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La prioridad de paso del conductor que viene por la derecha consagra una regla de oro, pues en virtud de esa preferencia de paso está facultado a avanzar ante la legítima expectativa de que será el otro rodado quien detendrá su marcha. De lo contrario, la circulación resultaría caótica e impredecible, si a cada esquina el conductor que cuenta con la...
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La observancia del principio lógico de razón suficiente en la fundamentación de una resolución jurisdiccional está sometida a diversos requisitos, según sea el grado de convencimiento requerido por el ordenamiento legal respectivo, para arribar a las conclusiones de hecho en que el fallo se asienta. Así, el respeto al aludido principio lógico...
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La prioridad de paso del conductor que viene por la derecha consagra una regla de oro, pues en virtud de esa preferencia de paso está facultado a avanzar ante la legítima expectativa de que será el otro rodado quien detendrá su marcha. De lo contrario, la circulación resultaría caótica e impredecible, si a cada esquina el conductor que cuenta con la...
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A los efectos de su impugnabilidad para el recurso de casación, la resolución que revoca un auto de elevación a juicio, ordenando el sobreseimiento de la causa, resulta equiparable a una sentencia de sobreseimiento, en tanto conducirá a esa consecuencia cuando la jurisdicción sea devuelta al juez de control que había dictado el auto de elevación a j...
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Imponer a una situación jurídica consumada y perfeccionada bajo la ley 23.643, la determinación del crédito según una normativa inexistente a esa época, implica transgredir el principio de irretroactividad de la ley (art. 3º C.C.) con el pretexto de impedir distorsiones producidas por los métodos de actualización. El hecho generador del v&iac...
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Es doctrina de este Tribunal Superior de Justicia que la competencia contencioso-administrativa queda excluida ante ?cuestiones que deban resolverse aplicando exclusivamente normas del derecho privado o del trabajo? (art. 2...
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Los actores denunciaron haber ingresado a prestar servicios para la Dirección Provincial de Vialidad como contratados, y realizando las mismas tareas y en idénticas condiciones que los trabajadores de planta permanente, todo en el marco del C.C.T. 55/89. Acto que entienden configuró la expresa remisión al régimen legal de la L.C.T. (art. 2º L.C.T.), motivo por el...
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Respecto del art. 7º, inc. 2, de la ley 24.463, la Corte ha señalado reiteradamente que el art. 14 bis C.N., garantiza la movilidad de las jubilaciones dejando librada a la prudencia legislativa la determinación del método. Sin embargo, ha advertido que la reglamentación debe ser razonable y no puede desconocer el derecho de los beneficiarios a una subsistencia decorosa y acorde con la posición qu...
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Las razones esgrimidas por la accionada en relación con la demora en la comunicación del despido no son de recibo, ya que quien elige un medio se hace responsable de inconvenientes temporales en él.\nEs parte del deber e iniciativa del empleador (art. 79 L.C.T.) haberse ocupado de verificar que la comunicación remitida llegara al destino que fue remitida, ya que el invo...
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