La jurisdicción penal es el poder emanado de las constituciones (Nacional y de la Provincia) y acordado a los tribunales del Poder Judicial para conocer, a través de un proceso y con arreglo a las normas de aquéllas, sobre la existencia concreta de un hecho delictivo que ha sido motivo de una acusación y decidir de modo imparcial e independiente sobre la responsabilidad penal de sus partícipes, ac...
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La jurisdicción penal es el poder emanado de las constituciones (Nacional y de la Provincia) y acordado a los tribunales del Poder Judicial para conocer, a través de un proceso y con arreglo a las normas de aquéllas, sobre la existencia concreta de un hecho delictivo que ha sido motivo de una acusación y decidir de modo imparcial e independiente sobre la responsabilidad penal de sus partícipes, ac...
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El instituto de la prescripción encuentra su fundamento en la destrucción por el transcurso del tiempo de los efectos morales que el hecho ilícito provoca en la sociedad: extingue la alarma social ante el delito y la correlativa exigencia de la sociedad de que se lo reprima como medio de obtener la tranquilidad social, circunstancias que constituyen el fundamento de la pena....
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La ley 25.990 (B.O., 11/1/05), modificó el art. 67 C.P estableciendo un régimen penal más benigno (art. 2...
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Del art. 67 C.P. se desprende que al derecho penal no le interesa cualquier cuestión previa o prejudicial a los efectos de la suspensión del curso de la prescripción de la acción. En ese sentido, sólo importan aquellas cuestiones jurídicas cuya resolución constituya un presupuesto para la decisión de la controversia sometida a juicio, que deban ser resueltas en un juicio que no constituye ni integ...
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La ratificación que importa el otorgamiento y presentación del poder para continuar las actuaciones iniciadas sin éste, surte sus efectos tanto cuando ha mediado exceso en el desempeño del conferido, como cuando se ha obrado con carencia total de aquél, y este principio es aplicable a la procuración judicial en cuanto no hubiere disposición en contr...
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Si bien -en principio- el silencio no constituye una manifestación de voluntad, cuando la ley impone el deber de pronunciarse, la falta de expresión autoriza la aplicación de la presunción de que se presta asentimiento.\nDicha carga surge de la norma contenida en el art. 192 C.P.C.C., que determina la obligación del demandado de confesar o negar categórica...
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Aún en el supuesto que pudiera interpretarse que la acción deducida no persigue el cese del estado de incertidumbre a que se refiere la ley ritual, en el art. 413 C.P.C.C., sino la nulidad parcial e integración del contrato, acorde al régimen vigente por la ley 24.240, no corresponde analizar la controversia suscitada, a la luz de la ley de defensa del consumidor. Para ...
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A todo evento, cabe señalar que al deducirse la acción, el tribunal de primera instancia, en uso de las facultades que emergen del principio procesal de saneamiento, al advertir que se perseguía la declaración de ineficacia de algunas cláusulas contractuales imprimió a los presentes trámite de juicio ordinario y, por expreso pedido del actor se revo...
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El sistema de responsabilidad derivado del juego armónico de los arts. 5º, 35, 36 y 37 de la ley de cheques es aplicable a la relación existente entre el banco girado y el titular de la cuenta corriente, por lo que la misión del cuentacorrentista de dar aviso al banco acerca de la pérdida o sustracción de la chequera no puede ser invocada por el tenedor del docum...
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