Los decisorios que antes del fallo final mantienen una medida de coerción -en el caso, al denegar el cese de prisión solicitado-, en razón de que pueden irrogar agravios de imposible reparación posterior y dada la jerarquía constitucional de la libertad personal de quien cuenta con la presunción de inocencia, resultan equiparables a sentencia definitiva y, por lo tanto, impugnables en casación.\r\...
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\r\nLos decisorios que antes del fallo final mantienen una medida de coerción -en el caso, al denegar el cese de prisión solicitado-, en razón de que pueden irrogar agravios de imposible reparación posterior y dada la jerarquía constitucional de la libertad personal de quien cuenta con la presunción de inocencia, resultan equiparables a sentencia definitiva y, por lo tanto, impugnables en casación...
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\r\nEn cuanto al momento inicial a partir del cual deben computarse los plazos establecidos en el art. 283 inc. 4 C.P.P., esta Sala ha considerado que ello debe acaecer desde que comenz...
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La tarea profesional cumplida en el proceso de naturaleza ejecutiva debe regularse conforme con las específicas normas que atienden a su particular carácter. El mínimo de diez jus fijado por el art. 34 de la ley 8226, relativo al honorario mínimo para los juicios ejecutivos es sólo para los casos en que se hubiera desarrollado íntegramente el proceso ejecutivo, sin haberse obviado alguna etapa. ...
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\r\nLa tarea profesional cumplida en el proceso de naturaleza ejecutiva debe regularse conforme con las específicas normas que atienden a su particular carácter.\r\nEl mínimo de diez jus fijado por el art. 34 de la ley 8226, relativo al honorario mínimo para los juicios ejecutivos es sólo para los casos en que se hubiera desarrollado íntegramente el proceso ejecutivo, sin haberse obviado alguna et...
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\r\nLa Corte Suprema establece que existen pronunciamientos que pueden y deben ser equiparados a sentencias definitivas. A este respecto, se ha sostenido que una resolución jurisdiccional es equiparable a sentencia definitiva, si ocasiona un agravio de imposible, insuficiente, muy dificultosa o tardía reparación ulterior, precisamente porque no habría oportunidad en adelante para volver sobre lo r...
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\r\nA los efectos de definir el alcance de la expresión ?sentencia definitiva? (art. 469 C.P.P.), hay que prestar atención a los lineamientos trazados por el máximo tribunal de la República, tal como se exige a partir del precedente ?Di Mascio?. En ese contexto, cuadra anotar que la Corte Suprema establece que existen pronunciamientos que pueden y deben ser equiparados a sentencias definitivas. Al...
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\r\nA los efectos de definir el alcance de la expresión ?sentencia definitiva? (art. 469 C.P.P.), hay que prestar atención a los lineamientos trazados por el máximo tribunal de la República, tal como se exige a partir del precedente ?Di Mascio?. En ese contexto, cuadra anotar que la Corte Suprema establece que existen pronunciamientos que pueden y deben ser equiparados a sentencias definitivas. Al...
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A los efectos de definir el alcance de la expresión ?sentencia definitiva? (art. 469 C.P.P.), hay que prestar atención a los lineamientos trazados por el máximo tribunal de la República, tal como se exige a partir del precedente ?Di Mascio?. En ese contexto, cuadra anotar que la Corte Suprema establece que existen pronunciamientos que pueden y deben ser equiparados a sentencias definitivas. Al res...
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El procedimiento debe operar en función del derecho, y no el derecho en función del procedimiento, por lo que no constituye un razonamiento serio para rechazar la cautelar sostener que su despacho importa entrar de lleno en la cuestión de fondo, ya que la cautelar requiere verosimilitud y no certeza (del voto de la mayoría, Dr. Herrero).\nCuando se advierte que los argumentos de los actores son c...
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