El art. 24 del Código Penal dispone que el tiempo que el condenado sufrió en prisión preventiva debe ser tenido en cuenta en el monto de la pena privativa de la libertad. El fundamento de esta compensación, es la suficiencia de la represión, pues para la ley, el encierro preventivo sufrido en relación a un delito que luego dio lugar a una condena, implicó en el sujeto una grave disminución de sus ...
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Aun en los casos de honorarios m...
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Existen disímiles respuestas tanto en la doctrina como en la jurisprudencia en torno a la retribución de la tarea de la sindicatura y su asesor letrado por el informe producido en verificaciones tardías presentadas en procesos de concursos preventivos.\nLa regla derivada del art. 275 inc. 8 L.C.Q., según la cual, el síndico es parte en el proceso principal y en todos sus incidentes, cede cuando no...
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Para que el pago produzca efectos extintivos de la obligación debe ser aceptado por el acreedor o declarado válido judicialmente, sin que fuera necesario que la resolución que impone la multa pusiera a cargo del deudor en forma explícita el deber de anoticiar a aquél y al tribunal de haberse efectuado el depósito; desde que los principios generales y el sentido común así lo señalan indubitablement...
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La a quo admitió que el fallecido (empleador) era el verdadero titular del establecimiento, situación que además fue aceptada por los herederos al solicitar que la condena fuese en los términos del art. 249 L.C.T., que prevé la indemnización reducida por la muerte del empleador. Dicho extremo se desestimó por no haberse extinguido el vínculo invocándose tal causa. Sin embargo, implica el reconocim...
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\r\nEn relación con la causal de revisión invocada, ha de repararse en que ésta pone un coto temporal, al exigir que la hermenéutica más favorable de esta Sala lo haya sido ?al momento de la interposición del recurso?, requisito que concurre en el caso de marras, toda vez que, al presentarse el escrito impugnativo en examen este tribunal ya se había expedido sobre la cuestión planteada en la causa...
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En relación con la causal de revisión invocada, ha de repararse en que ésta pone un coto temporal, al exigir que la hermenéutica más favorable de esta Sala lo haya sido ?al momento de la interposición del recurso?, requisito que concurre en el caso de marras, toda vez que, al presentarse el escrito impugnativo en examen este tribunal ya se había expedido sobre la cuestión planteada en la causa ?Qu...
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Cuando se impugna una tarea propia de las instancias ordinarias, es imprescindible demostrar fehacientemente que el procedimiento lógico jurídico empleado por el juzgador resulta irrazonable y contradictorio con las circunstancias de la causa. El concepto de absurdo hace referencia a la existencia de un desvío notorio, patente o palmario de las leyes de la lógica o a una interpretación groseramen...
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