En razón del carácter dispositivo del procedimiento civil, pesa sobre la parte interesada en la producción de un medio probatorio determinado, la carga de urgir la ejecución de todos los actos necesarios para su incorporación en tiempo y forma legal, solicitando del Tribunal y practicando personalmente cuantas gestiones fueren menester y conducentes a tal efecto, so riesgo de que su pasividad le h...
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En razón del carácter dispositivo del procedimiento civil, pesa sobre la parte interesada en la producción de un medio probatorio determinado, la carga de urgir la ejecución de todos los actos necesarios para su incorporación en tiempo y forma legal, solicitando del Tribunal y practicando personalmente cuantas gestiones fueren menester y conducentes a tal efecto, so riesgo de que su pasividad le h...
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A través del motivo sustancial de casación se encausa la violación a la ley sustantiva, la cual puede relacionarse a la norma jurídica de carácter abstracto, en cuanto a su existencia o contenido, o bien referirse al juicio individual relativo al caso concreto, por aplicación incorrecta del precepto a los hechos establecidos. En el primer caso, se trata de una errónea inteligencia de la ley; en el...
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A través del motivo sustancial de casación se encausa la violación a la ley sustantiva, la cual puede relacionarse a la norma jurídica de carácter abstracto, en cuanto a su existencia o contenido, o bien referirse al juicio individual relativo al caso concreto, por aplicación incorrecta del precepto a los hechos establecidos. En el primer caso, se trata de una errónea inteligencia de la ley; en el...
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La opinión favorable del fiscal es insoslayable condición de procedencia de la suspensión del juicio a prueba. La opinión negativa del acusador público debe encontrarse debidamente fundada, para que vincule al juez de la causa.\nEl dictamen fiscal no se encuentra debidamente fundado cuando resulta palmariamente irrazonable, o -en fin- si incurre en una total falta de fundamentación, vicios éstos c...
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Para determinar la validez de una interpretación, debe tenerse en cuenta que la primera fuente de exégesis de la ley es su letra, a la que no se le debe dar un sentido que ponga en pugna sus disposiciones, sino el que las concilie y conduzca a una integral armonización de sus preceptos, asimismo que ha de cuidarse que la inteligencia que se le asigne no pueda llevar a la pérdida de un derecho y qu...
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El art. 24 del Código Penal dispone que el tiempo que el condenado sufrió en prisión preventiva debe ser tenido en cuenta en el monto de la pena privativa de la libertad. El fundamento de esta compensación, es la suficiencia de la represión, pues para la ley, el encierro preventivo sufrido en relación a un delito que luego dio lugar a una condena, implicó en el sujeto una grave disminución de sus ...
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El art. 24 del Código Penal dispone que el tiempo que el condenado sufrió en prisión preventiva debe ser tenido en cuenta en el monto de la pena privativa de la libertad. El fundamento de esta compensación, es la suficiencia de la represión, pues para la ley, el encierro preventivo sufrido en relación a un delito que luego dio lugar a una condena, implicó en el sujeto una grave disminución de sus ...
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