Los bienes gananciales y propios del cónyuge premuerto forman una masa comunitaria cuya existencia dependerá de la subsistencia del estado de indivisión (art. 3279 y 3282 del C.C.). Las relaciones de los sujetos de la comunidad hereditaria, no habrán de regirse según el régimen de la gestión conjunta establecida por el art. 3451 del C.C. y sus diferencias bajo el principio del ius prohibendi . Las...
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La comunidad, patrimonio o masa hereditaria es el conjunto de cosas y bienes (materiales e inmateriales) que forman una universalidad jurídica o de relaciones jurídicas en cuya posesión entran los herederos desde el día de la muerte del autor de la sucesión, sea de pleno derecho o porque lo es dada por los jueces (arts. 3410 y 3412 C.C.). Es eminentemente transitoria y precaria y su existencia dep...
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Producida la disolución de la sociedad conyugal por la muerte de uno de los esposos, el sobreviviente sólo está facultado para administrar sus bienes propios, pero no los gananciales (art. 1276 C.C.). Respecto de estos últimos, habida cuenta de la preexistencia de una sociedad conyugal el supérstite está frente a una indivisión postcomunitaria formada por una comunidad de ganancias y adquisiciones...
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Deben tenerse por cumplidos los requisitos legales para proponer una demanda, establecidos en el art. 155 incs. 3º y 4º cuando no se observan impresiones u omisiones de tal magnitud que coloquen al demandado en estado de perplejidad o indefensión -si bien no se trata de una demanda que es modelo en su género- que le dificulte la reputación o la producción de la prueba, pues se suministran pautas p...
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No fundamentándose el pedido de aclaración de la sentencia en ninguna de las situaciones previstas en el art. 362 del C.P.C.C. y no habiendo error material que corregir, concepto alguno que aclarar ni omisión que suplir en el pronunciamiento, no corresponde hacer lugar a la aclaración solicitada....
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El tema sobre el cual se pronunció la Corte Suprema de Justicia en este caso, pone de manifiesto la importancia de la sentencia y justifica su publicación en esta ocasión.\r\nEl Poder Ejecutivo, durante la vigencia del estado de sitio, dispuso la clausura del semanario Primera Plana y el secuestro de una edición. El propietario dedujo la petición de amparo durante cuya tramitación se debatió un te...
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\r\nEl tema sobre el cual se pronunció la Corte Suprema de Justicia en este caso, pone de manifiesto la importancia de la sentencia y justifica su publicación en esta ocasión.\r\nEl Poder Ejecutivo, durante la vigencia del estado de sitio, dispuso la clausura del semanario Primera Plana y el secuestro de una edición. El propietario dedujo la petición de amparo durante cuya tramitación se debatió u...
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\r\nLa ley 14.226 declaró obligatoria en todo el territorio de la Nación, la inclusión de espectáculos de variedades (números vivos) en las salas cinematográficas.\r\nPor medio de una petición de amparo, fue cuestionada la constitucionalidad de esa ley por considerarla violatoria de la libertad de comercio y del derecho de propiedad.\r\nEs importante en ese caso el dictamen del procurador general,...
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\r\nLa ley 14.226 declaró obligatoria en todo el territorio de la Nación, la inclusión de espectáculos de variedades (números vivos) en las salas cinematográficas.\r\nPor medio de una petición de amparo, fue cuestionada la constitucionalidad de esa ley por considerarla violatoria de la libertad de comercio y del derecho de propiedad.\r\nEs importante en ese caso el dictamen del procurador general,...
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El «caso Sofía» constituye un hito en el proceso de flexibilización de la denominada doctrina de las cuestiones políticas no justiciables y, por ende, un paso adelante en la defensa de la seguridad jurídica, tantas veces puesta en jaque por la recurrente invocación del Estado al estado de emergencia, como pretexto para avanzar sobre los derechos fundamentales....
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