Resultados

07 Jun 1999

Emergencia económica

Visintini, Gloria Norma c/ Provincia de Córdoba (D.A.S.) Emergencia económica
Pago en dinero de curso legal / Entrega de títulos de crédito: novación objetiva de la obligación. /
Tribubal: Cámara 5ª C. y C

En cuanto a las leyes 8472 y 8482, cabe señalar que la denominada «emergencia económica provincial» concluyó el 31/12/95 y fue prorrogada por el Poder Ejecutivo hasta el 31/12/96, fecha a partir de la cual rige la ley 8575 que sólo establece una emergencia «previsional», situación totalmente distinta a la indemnización de daños reclamada. No obstante ello, debe admitirse el agravio de la parte act...

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07 Jun 1999

Ejecucion de sentencia

Visintini, Gloria Norma c/ Provincia de Córdoba (D.A.S.) Ejecucion de sentencia
Ejecución de sentencia contra la Provincia / Privilegios otorgados al Estado / Inconstitucionalidad de las normas que difieren el tiempo de cumplimiento de las sentencias / Inconstitucionalidad de las normas que difieren el tiempo de cumplimiento de las sentencias /
Tribubal: Cámara 5ª C. y C

En cuanto a la oportunidad del planteo de inconstitucionalidad, este Tribunal ha seguido la doctrina del más alto cuerpo, referida a que «el principio fundamental en esta materia es que la parte que tiene interés en que una norma no se aplique por ser inconstitucional, debe proponer la cuestión tan pronto como tenga conocimiento efectivo de que ella ha de ser aplicada en el caso concreto. Sólo por...

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07 Jun 1999

Emergencia económica

Visintini, Gloria Norma c/ Provincia de Córdoba (D.A.S.) Emergencia económica
Pago en dinero de curso legal / Entrega de títulos de crédito: novación objetiva de la obligación /
Tribubal: Cámara 5ª C. y C

En cuanto a las leyes 8472 y 8482, cabe señalar que la denominada «emergencia económica provincial» concluyó el 31/12/95 y fue prorrogada por el Poder Ejecutivo hasta el 31/12/96, fecha a partir de la cual rige la ley 8575 que sólo establece una emergencia «previsional», situación totalmente distinta a la indemnización de daños reclamada. No obstante ello, debe admitirse el agravio de la parte act...

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04 Jun 1999

Consignación

Fisco de la Provincia de Córdoba c/ Faure de Barrera, María T. Consignación
Deuda fiscal / Depósito del capital / Pedido de orden de pago: efectos / Intereses: procedencia. /
Tribubal: Cámara 7ª C. y C

No hay dudas que la suma consignada no representaba el capital y los intereses cancelatorios de la deuda, y que la actora, al solicitar la debida orden de pago a su favor en modo alguno aceptaba dicha suma como pago total; por el contrario, pidió se formulara por vía de ejecución la planilla de capital, intereses, gastos y costas. En consecuencia, no hay aceptación ni cancelación de la obligación ...

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04 Jun 1999

Administración pública

Chocovares, Mario c/ Provincia de Córdoba Administración pública
Estabilidad del empleado público policial. / Derecho a permanecer en el cargo / Retiro obligatorio policial /
Tribubal: Cámara 2ª Cont. Adm.

El régimen de retiro propio de todas las fuerzas armadas y de seguridad en nada afecta el derecho a la estabilidad del agente, cuyas causales de privación han sido contempladas en el art. 19 en correspondencia con el art. 77 de la ley 6702. Por ello conserva el estado policial y en consecuencia su permanencia en la institución, incorporándose a un régimen jubilatorio especial que le asegura un hab...

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03 Jun 1999

Fianza

Delfino, Addul José c/ Martha Fanny Fuentes de Moyano - Desalojo - (V.T.) Fianza
Fianza simple y solidaria / Contrato de locación / Efectos entre fiador y acreedor /
Tribubal: T.S.J., Sala Civil y Comercial

Sin perjuicio de las diferencias entre la fianza simple y la solidaria, y la de ambas frente al «principal pagador» (arts. 2003, 2004 y 2005 C.C.) resulta claro que en todos los casos la fuente de la obligación contraída es el contrato de locación, a cuyas cláusulas tanto locador y locatario, cuanto los fiadores, «deben someterse como a la ley misma» (art. 1097 C.C.). Mientras el contrato no exp...

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03 Jun 1999

Fianza

Delfino, Addul José c/ Martha Fanny Fuentes de Moyano - Desalojo - (V.T.) Fianza
Vencimiento del término locativo / Permanencia en el inmueble / Efectos /
Tribubal: T.S.J., Sala Civil y Comercial

Por mucho que la locación tenga una duración determinada, es sabido que las obligaciones del locatario que reconocen como causa el contrato, pueden extenderse más allá del plazo acordado. Así lo dispone el art. 1622 C.C., conforme al cual la permanencia del locatario en el inmueble luego de vencido el término locativo no implica tácita reconducción, sino la continuación del contrato en los mismos ...

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03 Jun 1999

Fianza

Delfino, Addul José c/ Martha Fanny Fuentes de Moyano - Desalojo - (V.T.) Fianza
Supervivencia del contrato de locación / Asimilación a la fianza de obligaciones futuras / Buena fe contractual /
Tribubal: T.S.J., Sala Civil y Comercial

Para evitar que la responsabilidad del fiador se extienda sine die dependiente del puro arbitrio del locador, que puede postergar indefinidamente la finalización de la relación locativa, con sólo su pasividad frente a la no restitución del inmueble al vencimiento del contrato, no es necesario imponer al locador una obligación que en principio no tiene (exigir la restitución del inmueble) ni tampoc...

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03 Jun 1999

Fianza

Delfino, Addul José c/ Martha Fanny Fuentes de Moyano - Desalojo - (V.T.) Fianza
Sobrevivencia del contrato / Silencio del fiador / Mantenimiento de la responsa-bilidad del fiador /
Tribubal: T.S.J., Sala Civil y Comercial

Así, la sobrevivencia del contrato por aplicación del art. 1622 C.C. -y el consecuente mantenimiento de la responsabilidad del fiador- tendrán un plazo incierto dependiente no sólo de la voluntad del locador, sino también de la del fiador, que puede exigir el cese de la relación locativa y, con ello, acotar su obligación al tiempo y las consecuencias propias del juicio de desalojo incluyendo, obvi...

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27 May 1999

Juez

Recurso directo del Dr. Roberto Hermes Gómez en autos: Chinchero Mario c/ José Agustín Figueroa - P.V.E. Juez
Poder disciplinario / Alcance /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C

La ley orgánica del Poder Judicial 8435, en su art. 18, faculta a los tribunales de segunda instancia corregir las faltas disciplinarias de las personas que actúen en los juicios por medio de apercibimiento y de multas que no excedan de cincuenta jus, sin perjuicio del recurso de reposición. El art. 37 otorga igual facultad a los jueces de primera instancia. El art. 18 L.O.P.J. sólo autoriza re...

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