En virtud del art. 26 L.C.Q., el deudor tiene la carga de comparecer a secretaría los días de notificaciones, ya que el apercibimiento es tenerlo por notificado de las resoluciones que se dicten por ministerio de la ley. Así se le da oportunidad de anoticiarse y deducir las impugnaciones del caso; de no hacerlo en ese tiempo, tendrá precluida la posibilidad de atacar la...
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En virtud del art. 26 L.C.Q., el deudor tiene la carga de comparecer a secretaría los días de notificaciones, ya que el apercibimiento es tenerlo por notificado de las resoluciones que se dicten por ministerio de la ley. Así se le da oportunidad de anoticiarse y deducir las impugnaciones del caso; de no hacerlo en ese tiempo, tendrá precluida la posibilidad de atacar la...
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Si la demandada no compareció a la audiencia de conciliación fijada, se produce la presunción de veracidad de las manifestaciones efectuadas por la accionante en su demanda. Dicha presunción no habilita a incursionar sobre el derecho aplicable, materia que en caso de conflicto jurisdiccional corresponde a los jueces....
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Conforme con el art. 125 L.C.T., la documentación obrante en el banco o la constancia que éste entregare al empleador, constituirá prueba suficiente del hecho del pago. Se señala que conforme art. 149 L.C.T., la disposición del art. 125 es aplicable al pago de las indemnizaciones. Si la demandada tenía que acreditar en la audiencia fijada por ante la autor...
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Con respecto a la violencia física en las personas, en tanto elemento del tipo de la figura del robo (art. 164 C.P.) las privaciones de libertad, en la medida en que han constituido precisamente la forma de obligar a soportar la consumación o de impedir la persecución y recuperación de la cosa o la detención del culpable, resultan absorbidas por aquella figura. E...
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El art. 118 de la ley de seguros 17.418, habilita para hacer funcionar el mecanismo de la citada en garantía, tanto al actor como al demandado. Si la promueve el actor, tiene que demandar necesariamente al asegurado, produciéndose un litis consorcio pasivo necesario, aun cuando el actor pudo prescindir de la citación en garantía. Si el mecanismo de la citación en...
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La posibilidad de los acreedores de la sucesión de realizar ciertos actos procesales en garantía de sus créditos (art. 657 C.P.C.C.) está fundada en el interés que ellos tienen en la causa por su acreencia \nEl art. 657 C.P.C.C. limita la participación de los acreedores de la sucesión sólo a los casos previstos en los incisos que él mi...
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Con relación a la citación en garantía, prevista en el art. 118 de la ley de seguros 17.418 y a la posibilidad de desistimiento del derecho y del proceso, vinculado con el asegurado y la aseguradora, la doctrina ha partido de la siguiente distinción, corresponde remarcar que existen distintas relaciones jurídicas entres las partes intervinientes: a) Entre la v&ia...
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Con relación a la citación en garantía, prevista en el art. 118 de la ley de seguros 17.418 y a la posibilidad de desistimiento del derecho y del proceso, vinculado con el asegurado y la aseguradora, la doctrina ha partido de la siguiente distinción, corresponde remarcar que existen distintas relaciones jurídicas entres las partes intervinientes: a) Entre la v&ia...
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Con relación a la citación en garantía, prevista en el art. 118 de la ley de seguros 17.418 y a la posibilidad de desistimiento del derecho y del proceso, vinculado con el asegurado y la aseguradora, la doctrina ha partido de la siguiente distinción, corresponde remarcar que existen distintas relaciones jurídicas entres las partes intervinientes: a) Entre la v&ia...
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