Falsificación de documento
Fe pública: carácter objetivo y subjetivo / Instrumentos públicos / Bien jurídico protegido: peligro concreto / Utilización del instrumento falseado /El bien jurídico protegido por los delitos de falsedad documental es la fe pública, que es de hecho la denominación empleada por el Título 12 del Libro Segundo del CP. […]. Ello puede aquí aceptarse, pero siempre que por “fe pública” se entienda a la fiabilidad estatal objetiva conferida estatalmente a determinado sector del tráfico jurídico. Ese es, en estricto sentido, el bien jurídico protegido...
Tribunal: Tribunal Oral Criminal Federal N° 2
Autos: Maidana o Manubens Calvet, Manuel A. y otro p.ss.aa. falsedad ideológica
Revista Nro: 149
Nro Página: 349