Ejecución prendaria

Fianza solidaria / Interpelación previa al deudor principal: improcedencia /

No procede alegar la falta de interpelación previa cuando la garante quedó obligada como codeudora solidaria, lisa, llana y principal pagadora, renunciando a los beneficios de excusión, división, interpelación, aviso previo y a todos los que la ley acuerda a los fiadores. La inclusión de la referida calidad otorga al acreedor el derecho de demandar directamente al fiador, sin necesidad de interpel...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Fideicomiso Suma c/ Segint S.R.L. y otros - Ejecución prendaria

Revista Nro: 149
Nro Página: 296

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