Propiedad horizontal

Distribución de gastos por reparaciones /

En inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, para determinar quién debe cargar con el gasto de una reparación no interesa establecer dónde se manifestó el daño, sino cómo se originó, pues si se originó en un bien común, el pago debe efectuarlo el consorcio, y si se originó en un bien de propiedad exclusiva, el pago corresponde al titular de ese bien. Si alguna parte del edificio s...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C.
Autos: Di Prieto, María Cristina c/ Consorcio Edificio General Paz

Revista Nro: 148
Nro Página: 214

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