Verificación de créditos

Necesidad de acreditar la causa en verificación de títulos ejecutivos /

El insinuante, al denunciar un crédito en base a cheques, debe indicar la causa de su emisión, requisito que se encuentra expresamente previsto por el art. 32 de la L.C.Q., siendo su omisión suficiente para que en la etapa tempestiva no se receptara la petición, pues el deber de indicar y probar la causa del crédito obedece al propósito de que la deuda sea real alejando la posibilidad de abultar f...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Acevedo, Osvaldo Miguel Angel

Revista Nro: 138
Nro Página: 271

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