Fraude laboral

Cooperativa de trabajo y agencia de venta de líneas de telefonía celular / Responsabilidad solidaria del director de la agencia / Responsabilidad solidaria de la empresa de telefonía /

Aparece así como condicionante para ingresar a trabajar el asociarse a la cooperativa de trabajo desvirtuándose la naturaleza jurídica y el espíritu solidario entre sus asociados para la consecución de los fines de la entidad cooperativa. De lo que se concluye que la relación que vinculó a las accionadas fue para encubrir una relación de dependencia laboral. Se incurre en la conducta de fraude tip...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala VI
Autos: Quintar Afranllie, Fernando Javier c/ Megafone S.A. y otros

Revista Nro: 130
Nro Página: 360

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