Contrato de trabajo

Indemnización art. 80 L.C.T.: improcedencia /

No procede la indemnización del art. 80 L.C.T., por no haberse acreditado ninguna intimación que los demandados pudieran haber incumplido relativas a las obligaciones establecidas en la norma legal del título....
Tribunal: Cámara del Trabajo de San Francisco
Autos: Orfali, Sandra Gabriela c/ Carina Tessio y Marcos Pompeo

Revista Nro: 131
Nro Página: 327

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase