Responsabilidad civil
Carga probatoria /Respecto de la acreditación de la responsabilidad civil prevista en el art. 1113, 2º párr., C.C., no pesa sobre el damnificado la prueba de una estricta relación causal entre el riesgo o vicio de la cosa y el daño; es suficiente que demuestre un nexo de causalidad objetiva: la intervención de la cosa riesgosa o viciosa en el evento dañoso. A su vez, queda ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Alvarez, Jorge Alfredo
Revista Nro: 92
Nro Página: 331