Actos procesales

Impulso procesal / Deber del tribunal /

El art. 369, 1er párr., C.P.C.C., impone al secretario del tribunal el deber de elevar los autos cuando se encuentran en condiciones para que ante la alzada se tramite y continúe con el procedimiento recursivo. La ley establece para el actuario un deber genérico que se convierte en un deber específico frente a las partes, a quienes asiste la facultad jurídica de ...
Tribunal: Cámara C., C., de Flia. y del Trab. de Marcos Juárez
Autos: Banco Integrado Departamental Cooperativo Limitado c/ Ricardo Hiber Mancini y otros

Revista Nro: 92
Nro Página: 293

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