Costas

Expresión “sin costas” / Implicancias /

La expresión ?sin costas? implica, en definitiva, que cada parte deberá soportar las costas que ha causado y la mitad de las comunes, que son aquellas ocasionadas por la actividad conjunta de las partes o por la oficiosa del órgano jurisdiccional...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Inzúa, Sergio Daniel

Revista Nro: 93
Nro Página: 299

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase