Tributos

Personas jurídicas / Presunción de culpa /

En orden a las personas jurídicas, el fisco debe probar el soporte fáctico de la presunción de culpa, el que debe ser cierto y no meramente conjetural. Una vez probado el mentado soporte, luego se infiere la conducta culposa; empero, la vinculación entre el soporte fáctico y el hecho presunto, tiene que ser unívoca, sin margen razonable para una consecuenc...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: C.Y.R.E. S.A. c/ Provincia de Córdoba

Revista Nro: 120
Nro Página: 190

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