Prepara vía ejecutiva

Herederos del locatario / Falta de cumplimiento de la previsión de los arts. 523 y 525 C.P.C.C. / Apercibimientos /

El art. 525 C.P.C.C. dispone: ?Los herederos no estarán obligados a reconocer la firma de su causante. En caso de locación, podrán declarar que ignoran los hechos, a menos que se trate de inmuebles ocupados por ellos mismos?. El primer supuesto se refiere a la firma de una persona fallecida, en cuyo caso, el art. 1032 C.C. le permite a los herederos declarar si saben o no si a...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de San Francisco
Autos: Valentinis, Orlando Juan c/ Gladys del Carmen Benedetto, Andrea Soledad Ponte y Natalia Verónica Ponte como sucesores de Jorge Omar Ponte

Revista Nro: 123
Nro Página: 251

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase