Comisiones médicas

Procedimiento previo / Art. 46 ley 7987 / Inconstitucionalidad /

El procedimiento administrativo obligatorio diseñado en el art. 1° de la ley 27.348 y receptado por el art. 46 ley 7987 constituye una violación flagrante al art. 18 CN, que mediante la consagración del derecho de defensa en juicio y del juez natural prevé que nadie puede ser juzgado por comisiones especiales; al art. 109 CN en tanto dispone que “en ningún caso el presidente de la Nación puede eje...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala 7ª
Autos: Gutiérrez, Mario Alejandro c/ Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba - Recurso directo

Revista Nro: 201
Nro Página: 295

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