Concesion

Carga de la prueba /

Aunque se debe diferenciar entre la prueba de la existencia del hecho dañoso de la acreditación del modo en el que el mismo ocurrió, tanto la responsabilidad como la eximición de ella requieren una actividad probatoria acabada, no siendo procedente el acogimiento o rechazo de rubros por meras enunciaciones o presunciones. Probado el acontecimiento del hecho –testimonial, intervención policial– que...
Tribunal: Cámara 1ª C. C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Britos, Ana María c/ Corredor Central SA - Ordinario

Revista Nro: 201
Nro Página: 269

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