Tutela

Prescripción / Aplicación del CCyC /

Los plazos de prescripción de la acción resarcitoria se rigen por el art. 2561 CCyC, donde se dispone, que el reclamo de la indemnización de daños derivados de la responsabilidad civil prescribe a los tres años. Entendemos que al hacer referencia la norma mencionada al reclamo de la indemnización, se refiere a la función resarcitoria y no a la preventiva, por cuanto en la preventiva no corresponde...
Tribunal: Cámara 8° C. y C.
Autos: Tsaldaris, Javier Jonatan c/ Díaz, Susana Beatriz - Daños y perjuicios

Revista Nro: 203
Nro Página: 276

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase